algo de eso está en la LEY DE 17 DE JULIO DE 1945 de Bases de Régimen Local.
en la Base Sexta, pero es posible que haya sido modificado con posterioridad, afectando a municipios de menor población
decía, entre otras cosas:
El cargo de Alcalde es obligatorio y gratuito: pero en los Municipios de más de diez mil habitantes el Ayuntamiento podra asignarle una cantidad fija para gastos de representación, que en ningún caso excederá del uno por ciento del presupuesto ordinario de ingresos, dentro de lós límites que se señalen reglamentariamente
Gracias Virginia. Me interesaba el tema porque daba por supuesto que se podia cobrar Comisión al igual que un ingeniero o médico cobra la productividad. De hecho la alcaldesa de mi pueblo se molestó por decirlo pero siendo abogada pensó que le atribuiamos un delito en vez de desmentir categóricamente la noticia. Por ello, yo insistí en saber en que ley previa a la democracia quedaba recogida esa cuestión. Buscaba la ley. Un saludo y muy útil. Si alguien la conoce que la nombre.
Hablando de los alcaldes en el régimen franquista y el cobro del 1% de obras contratadas por el ayuntamiento, hacer constar, que en aquella época los alcaldes ni concejales cobraban sueldos.
Los actuales sueldos que cobran, se iniciaron en el primer Pleno de toma de posesión en 1.979, de la "era democrática". Como se podrá comprobar, MUCHÍSIMO MAS QUE AQUEL 1%.
Hola Acriton, ví el mensaje, porque como dice usted, descubrí que no es legal cobrar por obras comisiones. Me gustaría saber la ley a la que hace referencia porque dudo y aunque sea antigua me gustaría saber. Gracias.
Buenos días; en su intervención indica lo siguiente:
"En la antigua Ley de Régimen Local, había un 1 % de los presupuestos de las obras, que se lo repartían entre el Alcalde, el Secretario y algún otro"
¿Me podría aclarar si se refiere a la ley de 1985, y en que parte se puede comprobar?
Los Alcaldes no cobran ninguna comisión legal por la construcción de obras. Sólo cobran su sueldo. Otra cosa distinta es que te quieran cobrar alguna comisión "ilegal". Es cierto que antigüamente, en el régimen franquista, cobraban una comisión por las obras que se ejecutaban, pero sólo las obras civiles, es decir en beneficio del pueblo.
De hecho no son "comisiones", sino un dinero que tienen derecho a cobrar como pago por su gestion de la obra. Me suena lo que ha comentado Acriton, pero no estoy seguro de que actualmente se pueda hacer, y es lo que preguntaba basicamente. Saludos y gracias por la atencion.
al Ayto (que no al alcalde) se paga la licencia de obras que es la "comisión" que cobra el ayto. el alcalde como tal no puede cobrar una comisión. un salduo
En la antigua Ley de Régimen Local, había un 1 % de los presupuestos de las obras, que se lo repartían entre el Alcalde, el Secretario y algún otro. Nunca supe si eso era legal o no.
Tampoco se, como está ese tema ahora en la nueva Ley de Régimen Local.
Hola a todos, es posible que un alcalde cobre algun tipo de comision legal en concepto de gestion de las obras que se realizan en su municipio?. Saludos.