Mi padre alquiló un local a un extranjero. Hay diferentes contratos, unos a nombre de él y otros a nombre de su mujer. La cuestión es que, pasado un tiempo, dejaron de pagar y, únicamente, daban alguna cantidad cada cierto tiempo, acumulando una deuda. Ante esta situación, dejó de hacerle contrato. En estos momentos, queremos reclamarle el pago de las cantidades adeudadas (mensualidades y algunos recibos de luz) y desahuciarlos, pues, cuando le traspasamos la responsabilidad del pago del recibo de luz en la compañía eléctrica, al parecer han dejado de satisfacerlo.
Mis dudas son:
¿Hasta cuánto tiempo atrás podemos reclamarle la deuda?
¿Se le puede reclamar el tiempo que ha seguido disfrutando del local sin pagar ni los atrasos ni los que disfrutaba en ese momento?.
En caso de demanda judicial, ¿habría posibilidad de que las costas tuviéramos que pagarlas nosotros, si se considera probado la existencia de una deuda?
Muchas gracias.
Hola bln. El/la profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos al que le recomiendo que acuda con urgencia, responderá a todas sus dudas una vez examinada la documentación.