Hola:mi madre es viuda y cobra una pensión española por tal motivo.Asimismo,mi fallecido padre trabajo unos años en Francia,por lo cual también generó una pequeña pensión de aquel país.En la próxima declaración de Hacienda¿hay que declarar la pensión francesa?¿Constaría como si fueran 2 pagadores diferentes y así estar obligado a declarar?Gracias por su respuesta de antemano.
Si tu madre tiene la nacionalidad francesa y además la pensión se generó por ser tu padre empleado del gobierno francés, esa pensión tributará en Francia.
En los demás casos (que es lo más probable), tributa sólo en España y, por tanto, tendrá dos pagadores.
Mis padres son españoles los dos.Mi madre recibe pensión de viudedad de Francia y de España,desde hace 10 meses.Mi duda está en que si se considera como dos pagadores,al tributar en España,el mordisco de la Hacienda tributaria es amplio.¿Tiene el mismo condicionante que los asalariados?Perdón por las molestias y gracias por su tiempo y respuesta.
Lo normal es que se deban declarar todas las rentas generadas en el extranjero. En concreto se encuentran exentos los rendimeintos de residentes en España que su empresa ha enviado al extranjero y que exista en ese país un impuesto similar al IRPF con un límite dde 60000 €.
En este caso se trata de una renta generada en el extranjero aunque lo normal en el caso de las pensiones es que sólo tributen en el país de residencia. Habría que ver el convenio de doble imposición existente entre Francia y España en el que casi con total seguridad figurará que las pensiones sólo tributan en el país de residencia del perceptor, en este caso, España.
Se trataría de dos pagadores aunque esa circunstancia es irrelevante en lo referente a cuanto se tributa.
Las pensiones tienen la consideración de rendimientos del trabajo.