En mi caso opte en primer lugar por solicitar judicialmente la resolucion del contrato de comrpaventa que tenia con la promotora, pleito sobre el que ya he obtenido sentencia a faovr tanto de juzgado 1ªInstancia como de Audiencia Provincial.
Una vez obtenida sentencia firme he de reclamar su ejecución; ejecución que voy a plantear por la vía de la existencia de aval bancario expresamente indicad en el contrato de compraventa con este literal: "Las cantidades entregas por los compradores a la vendedora durante el proceso constructivo, a cuenta del precio total convenido para esta compraventa, se garantizaran de conformidad con lo previsto en la Ley 57/1968 por BBVA y, a tal efecto, le será entregado a los compradores el correspondiente documento extendido por dicha Entidad".
Mi duda surge del hecho de sólo cuento en mi poder con documento inicial de aval expedido por el banco por el que se me garantiza hasta 15993,82€ (cantidad entregada a la fecha de expedicion del documento) cuando el total entregado previamente a la fecha prevista de entrega asciende a 34284,94€.
Por ello ¿puedo reclamar la ejecucion integra de sentencia a mi favor por el total entregado 6% de intereses devengados por la vía del aval bancario aunque sólo cuente con el documento mencionado?.
(De hecho el documento en mi poder certifica en su primer párrafo lo siguiente: "Que por esta Entidad se ha otorgado un aval a favor de .... para que pueda percibir cantidades anticipadas de las viviendas ...").
Finalmente, ¿qué procedimiento he de seguir en mi caso: solicitar directamente la ejecución de la sentencia haciendo uso de esta garantía o inicial un proceso adicional de ejecución de aval?.