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Cobro atrasos de una i.t. en el 2023 no declarados en el irpf

2 Comentarios
 
09/03/2024 21:52
Pepelu90
Asunto aclarado.
Muchísimas gracias por el comentario.
Saludos.
09/03/2024 13:07
fergomar
Sí, hay que hacer una complementaria de 2022, incluyendo esos ingresos.
Puede que posteriormente se inicie un expediente sancionador. En previsión de ello, yo me adelantaría, y a la complementaria añadiría una explicación diciendo que estabas en la creencia de que son ingresos de 2023, dado que la SS nada te dijo al respecto.
Cobro atrasos de una i.t. en el 2023 no declarados en el irpf
07/03/2024 23:31
En Febrero del 2023 la Seguridad Social paga 1536 €
correspondientes a atrasos del 2022.

En el certificado que emite la Seguridad Social que sirve de
base para la declaración se omite este dato y cuando en el
2023 se hace la declaración no se declara.

Hacienda manda notificación al interesado donde dice que
se deberían haber imputado en el 2022.

La pregunta es ¿hay que hacer una declaración complementaria?
¿Puede haber sanción?

Muchas gracias anticipadas por vuestros comentarios.