creo que no.era accidente laboral como ahora y ademas por lo mismo lumbago,y por lo que he leído en el convenio pone convenio de la contruccion 2007-2011,de todas maneras hasta el lunes que no vuelve el gestor no lo sabre
pues sera así,pero tiene gracia la cosa,por que en el 2009 me paso algo parecido estuve 10 semanas de baja pero lo que tiene gracias es en esos 2 meses no me aplicaron lo de cobrar el 100x100,recuerdo que hasta fui a hablar con el gestor de mi empresa y ahora veo que me tomo el pelo,acabo de hablar con mi jefe y se lo comentara,pero vaya hdp el gestor,le dije eso que me tenían que pagar el 100x100 pues me descontaron en total mas de 600 euro en las 3 nominas que me toco aquella vez,haber que me dice la semana que viene pero estoy que me subo por las paredes.
Pues entiendes bien. El convenio tiene una mejora sobre la normativa general, y que consiste en que, por accidente laboral sin hospitalización, desde el 16º día de baja, y durante los 80 días siguientes, cobras el 100% de lo marcado en las tablas salariales del convenio.
Por lo que cuentas, debes de haber sobrepasado ese tiempo, y ahora cobras según la normativa general, el 75% de la base reguladora diaria para accidente laboral.
25.2 En supuestos de .baja. por accidente de trabajo sin hospitalización.
En estos supuestos, las empresas garantizarán al trabajador unas percepciones mínimas no inferiores a las que fijan las tablas del Convenio para su categoría profesional, por los conceptos de sueldo base, plus convenio y antigüedad consolidada.
En consecuencia, cuando el trabajador no alcance este mínimo con la indemnización que perciba por IT, sin computar a la misma el prorrateo de las pagas extraordinarias, las empresas complementarán a su cargo dicha indemnización con la cantidad necesaria para alcanzar la percepción mínima garantizada.
Para tener derecho a esa garantía será necesario que la situación de .baja. tenga una duración mínima de 15 días, y el complemento, en su caso, se devengará y percibirá desde el día 16 de la .baja. y hasta un máximo de 80 días desde el inicio de la percepción del complemento.
ESTO que quiere decir que a partir de esos 80 dias ya no tienes derecho a cobrar el 100x100,o lo entiendo yo mal,esto es del convenio de mi sector la construccion en barcelona.
Pues es curioso, porque a mi me ha pasado algo parecido. Por accidente laboral vengo cobrando desde el inicio de la baja (ya 8 meses) el 100% de mi salario. SIn embargo la nómina de junio es un 30% menor. Mi convenio estipula que la empresa debe pagar el complemento hasta llegar al 100% del salario, cosa que hasta ahora estaban haciendo.
hola a todos,llevo desde febrero de baja por un accidente laboral y hasta este mes he estado cobrando el 100x100,osea casi como si trabajara,pero este mes he tenido un descenso de la nomina de mas de 300 euro esto a que es debido,trabajo en la construccion en la zona de barcelona,gracias,llevo 12 años en la empresa.