Hola buenos dias, escribo este mensaje para ver si alguien mas experimentado que yo me pudiese dar ideas.
Resulta que tuve un cliente al que le asumi la llevanza de un caso mercantil. En concreto, una demanda cambiaria. Pues bien, tras redactarle y volver a redactarle la demanda (hasta 3 veces porque no le parecia bien algun punto) y contactar con un procurador que trabajase esos tribunales varias veces, le extiendo la demanda para que la firme, junto con su tasa correspondiente para que la abone y presentar la demanda.
Pues bien, tras recordarle varias veces que s ele vencia el plazo y que me entregase la demanda a la mayor brevedad posible para presentarla, unas veces dandome largas y otras diciendo que esta juntando dinero para pagar la tasa, llega el dia de prescripcion de la accion y sigue sin darme noticias.
Ya se que es abusivo cobrar por una demanda no interpuesta, pero me ha llevado mi tiempo.
¿tendria la posibilidad en este caso de hacerle una jura de cuentas o alguna reclamacion de cantidad similar por los gastos de redaccion de los documentos y de contacto con el, su deudor y demás?
Coincido con Lucky_Boy, no veo que tenga cabida la jura de cuentas pues al no interponerse la demanda, no se ha incoado procedimiento alguno en vía judicial.
Ahora bien, para nada veo abusivo cobrar por esta demanda. El trabajo de una demanda no es presentarla, sino redactarla. Por tanto, el trabajo está hecho, máxime si no se presentó por causas ajenas a tu voluntad.
Si acostumbras a hacer hoja de encargo, entiendo que es prueba válida y suficiente para demostrar la prestación del servicio e incluso los honorarios concertados. Si no acostumbras a hacerla, tendrás que probar esa relación por otros medios y, posiblemente, acostumbres a hacer hoja de encargo en adelante para este tipo de casos.
En algunas ocasiones en esta profesión estamos vendidos. Esperate que tu cliente no se vaya a otro abogado y éste le aconseje que te demande por haber dejado prescribir la acción cambiaria.
Esto es un mundo de locos. Como dice Larios lo primero firmar hoja de encargo. Y yo añado: y ahí decir qué tiene que entregar el cliente, así como fecha del vencimiento del ejercicio de la acción, con información de las consecuencias. Es decir un contrato de cincuenta folios.