Una vez reconocido por sentencia indemnización por despido improcedente, el empresario no paga. Me comentan que por despido improcedente no puedo reclamar la indemnización al FOGASA ¿Es cierto?. En este caso ¿Cómo y a quién puedo reclamar la indemnización reconocida judicialmente por despido improcedente?. No entiendo esta limitación para reclamar al FOGASA, pues entonces hubiera sido mas beneficioso aceptar el depido objetivo y reclamar el 40% al FOGASA, pues se hubiera cobrado algo.