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Cobrar honorarios sin haber hecho su trabajo.

3 Comentarios
 
18/01/2011 13:01
Sí tiene que abonar sus honorarios. Ahora bien puede perfectamente impugnar su minuta por la vía del art. 35 de la L.E.C., si bien tendrá que esperar a que el abogado se lo reclame en el Juzgado. Si la minuta es excesiva, puede impugnarla por excesiva. Si no obtiene razón parará además el cliente las costas de la reclamación de sus honorarios por el abogado, y viceversa y le dan la razón. Yo, lo que haría sería llevar la minuta al Colegio de Abogados y solicitar un dictámen del departamento de honorarios, o al menos un parecer. Si le dicen que es correcta, deberá de abonarla sin dar lugar a su reclamación ante el Juzgado por el abogado, ya que de dar lugar a ello se incrementarían los costes teniendo que pagar las costas de la reclamación judicial de sus honorarios por el abogado. Espero haber sido útil. Un saludo.
14/01/2011 19:39
Podría pedirle responsabildad civil profesional por culpa o negligencia, si es tal.
14/01/2011 18:32
"estaba ganado de calle". Ah, pero hay alguno que no lo esté?
Sí, tiene que pagar. Se contrata un servicio, no un resultado.
Cobrar honorarios sin haber hecho su trabajo.
14/01/2011 18:24
Un particular contrata los servicios de un abogado para iniciar una demanda.
Por ineficacia del abogado y su torpeza, el demandante es condenado a pagar las costas, cuando el juicio "estaba ganado de calle".
Encima de tener que hacerse cargo de las costas, ahora su abogado le presenta factura para pagar sus honorarios.
¿Se podría oponer el demandante?.