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Cobrar gastos de mantenimiento a un arrendatario.

3 Comentarios
 
Cobrar gastos de mantenimiento a un arrendatario.
07/07/2009 15:59
Hola :

Soy propietario de un local y lo tengo arrendado, la comunidad donde esta situado ha realizado unas obras de mantenimiento y me han notificado la parte que me corresponde pagar, la cual ya la he hecho efectiva, mi pregunta es:

-. ¿Puedo cobrar estos gastos al arrendatario?
-. En el supuesto de podérselo cobrar, ¿ Le hago recibo aparte o en el recibo de alquiler?

Muchas Gracias.
07/07/2009 16:07
Hola,
Solo le puedes cobrar los gastos a tu inquilino si se recoge esta posibilidad expresamente en el contrato. En caso de que así fuese, lo puedes hacer tanto en un recibo aparte como en el de la renta, desglosando los importes.
07/07/2009 16:35
En el contrato, unicamente se hace referencia a que el arrendatario se hará cargo de de los gastos de averias por tuberías, atranques y lavabos, pero esto son obras de retejado, canalización y adecentamiento de fachada, de obligado cumplimiento con la comunidad.
Entonces ¿no se le puede cobrar?
UN SALUDO Y GRACIAS.
08/07/2009 10:12
Hola,
Por lo que veo lo que aparece en el contrato solo hace referencia a una serie de gastos extraordinarios del local pero no se hace mención a ningún gasto de la comunidad. Revisa bien el contrato y si no consta que se tenga que hacer cargo de gastos de la comunidad no podrás repercutirlo ya que el pago de las cuotas de la comunidad derivan de la situación de propietario y no de arrendatario. Un saludo.