Hola. La prestación de desempleo solo puede exportarse a otros países de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo, mientras se busca y encuentra trabajo en ellos. Pero no puede llevarse fuera de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo.
La naturaleza de la prestación por desempleo es servir de ayuda al trabajador desempleado mientras busca un nuevo empleo o asiste a acciones formativas en España mismo o en otros Estados miembros de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo. Excepcionalmente, se había previsto en este Plan Retorno, que los extranjeros extracomunitarios, bajo ciertas condiciones y compromisos (básicamente, volver a su país, renunciar a la autorización de residencia y comprometerse a no volver a España en 3 años), pudieran cobrar la prestación íntegra, pero esto ha sido una medida excepcional, dada la actual coyuntura económica.
El tiempo cotizado en España, para otras contingencias, sí puede ser llevado al país de origen, en el caso de que exista un Convenio bilateral o Convenio multilateral, a efectos del cómputo total para el cálculo de la pensión de jubilación. Pero la prestación de desempleo suele estar excluida.
Las personas que tienen la nacionalidad española no pueden acogerse al plan de retorno voluntario. El motivo es que los destinatarios son los trabajadores extranjeros y quien tiene la nacionalidad española ya no es considerado extranjero.
hola soy argentina con nacionalidad española, me despidieron y me quiero volver a mi pais, y queria saber si pued cobrar el paro todo junto, para porder empezar alla de cero... muchas gracias