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Cobrar el paro Integro

5 Comentarios
 
Cobrar el paro integro
27/12/2011 15:27
Hola, tengo doble nacionalidad (uruguaya y española), en un par de meses me regreso a mi pais tras ver que como madre separada con lo que gano mal vivimos con mi hija y en uruguay tengo a mi padre con casa que no tengo q pagar alquiler como aki, comida y kizas posibilidades de trabajo. He leido en la web de seguridad social y del SAE que existe la posibilidad de cobrar integro el paro para retornar al país de origen (en mi caso Uruguay) llame para informarme y me dicen que no me corresponde por tener la nacionalidad española. Tambien he leído que para los ciudadanos españoles que deciden irse a trabajar a otros países también existe la posibilidad de cobrar el paro integro para afrontar esos gastos y me han dicho que no me corresponde. Quisiera que me aclararan esto el porque no me corresponde ninguna de las dos cosas teniendo las 2 nacionalidades, en este caso que pasa a uno le dan ganas de ser "apatrida". ¿Me pueden ayudar? Gracias
27/12/2011 16:50
No se si esto te va a ayudar, pero es mi deseo:
1º.Para extranjeros que decidan emigrar....(tienes nacionalidad española, por tanto no cumples ese requisito).

2º. ..españoles que deciden IRSE A TRABAJAR( dices que te vas en busca de casa , comida.. Y QUIZAS TRABAJO por tanto tampoco cumples ese otro requisito, en el que en cualquier caso, debes marchar con un contrato de trabajo).

Por último, decir que desconozco si Uruguay tiene "acuerdos" con la seguridad social española. Hay 19 paises que sí lo tienen.
En el mejor de los casos , aquí cobras el 40 por ciento y el resto en tu país de origen. Suerte.
27/12/2011 16:51
Pues a pesar de que existe convenio con Uruguay, me parece que no va poder ser.
1) Tu te refieres por un lado a la posiblidad de percibir la prestación por desempleo de forma acumulada, pero esta posibilidad es para extranjeros no comunitarios...y tu eres española y comunitaria, además de uruguaya...Y por ser española aunque hayas nacido en Uruguay tienes exactamente los mismos derecho y obligaciones que cualquier otro español. Además, el pago acumulado de la prestación exige el compromiso de no retono y tú no puedes asumir ese compromiso porque sería contrario a la ley española, ya que no puede prohibirse tu entrada (salvo que por alguna causa legal pierdas la nacionalidad).
2) La posibilidad que dices de los ciudadanos españoles no es cierta, otra cosa es el traslado con el cumplimiento de determinados requisitos a un país de la UE para buscar un empleo, creo que como máximo 3 meses, en este caso si el SPE te autoriza puedes percibir la prestación en el país de la UE al que te desplaces para cobrar la prestación.

Hay un principio, recogido en la ley española, y también en las normas internacionales que señala que quien tenga más de una nacionalidad deberá ser tratado como si sólo tuviera una. Desde el momento que tú resides en España como española ya no se te aplican las normas de extranjería sino las mismas que los españoles. En el CV que existe entre España y Uruguay para la doble nacionalidad te explica todo esto, pero pasa los mismo con los españoles que residen en Uruguay y tienen nacionalidad de allí además de la española, mientras residan allí en base a la nacionalidad uruguaya están sujetos a la ley de Uruguay y no pueden acogerse a los privilegios o beneficios que pueda establecer la ley española, salvo que se establezcan específicamente para nacionales no residentes y siempre de acuerdo con los términos que se reflejan en el convenio entre Uruguya-España.
27/12/2011 17:06
Pués antes tenía algún resquicio de dudas, pero tras leer el post de nes37 ....poco cabe añadir.
Por cierto, excelente aclaración nes37.
28/12/2011 00:58
nes37

cuando termines las vacaciones de Navidad... no abandones el Foro!
28/12/2011 20:59
Gracias archila...se hará lo que se pueda pero está complicado...aunque de vez en cuando pasaré por aquí!!