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Cobrando por la mutua he sufrido infarto, quién me debe pagar

5 Comentarios
 
Cobrando por la mutua he sufrido infarto, quién me debe pagar
16/10/2021 18:20
Llevo desde Agosto cobrando por enfermedad laboral con fremap la próxima revisión la tengo el 29 de octubre. Mi empresa al se agrícola y fijo discontinuo me dio la baja a los tres días de saber que la mutua me pagaría. Por desgracia he sufrido un infarto estos días y no se si la mutua me da el alta por mi operación.¿que debo hacer con la baja por infarto si en la actualidad no tengo contrato? Sigo dependiendo de la mutua?
17/10/2021 11:50
Hola. Si desde agosto de este año estás cobrando la baja, seguirás cobrando la baja de la mutua hasta que te den el alta médica o hasta que el INSS dicte la resolución sobre una incapacidad permanente tras haber agotado los 18 meses de baja.
Saludos
18/10/2021 15:41
Expertolaboral
Si, gracias, pero la baja de la mutua era por una operación del dedo no por el infarto y mi empresa ya me dio la baja. Entonces si me Dan el alta por la operación del dedo, ¿corresponde a la mutua darme la baja por el infarto? Gracias
23/10/2021 20:43
Eugenio77
Hola. Imagino que la baja por el dedo es por enfermedad. Si es así la mutua no puede darte el alta sino únicamente te puede dar el alta médica tu médico de cabecera si todavía no han pasado 12 meses o bien el "tribunal médico" ( EVI o ICAM en Catalunya).
Aunque teóricamente te podrán dar el alta no creo que te la den dado el riesgo si empezases a trabajar.
Si estuvieras en la empresa , no tendrías ningún problema: alta médica por el dedo y inmediata nueva baja por el infarto.
Para el improbable supuesto de que ocurriera, muy posiblemente la mutua ya no te pagasen más. Podrías hacer una reclamación y posterior demanda con resultado incierto.
Además deberías inscribirte en el paro y solicitar el subsidio con la consiguiente pérdida del tiempo transcurrido desde el día del cese hasta el día del alta.
Espero que no te den el alta hasta que te recuperes plenamente del infarto o hasta que te concedan una incapacidad permanente.
Saludos
23/10/2021 22:57
Expertolaboral
No, la baja fue por enfermedad laboral, por lo que le correspondia a la mutua pagarme, entonces la empresa me dio la baja, si me dieran el alta por la mutua ya no estaría contratado por la empresa
24/10/2021 10:29
Eugenio77
Hola .En este caso si la mutua te da el alta, podrás pedir el paro pues al ser accidente o enfermedad profesional y el SEPE no te descontará el tiempo transcurrido entre el cese y el día del alta médica.
Si coges la baja por enferemdad al día siguiente del alta médica de la mutua, además de pedir el paro , podrías pedir el cobro de la baja , aunque posiblemente te la denegaría. Te verías obligado a formular una reclamación previa y posterior demanda al Juzgado. Hay diversas sentencias del Tribunal Supremo reconociendo el derecho a cobrar la baja por enfermedad común. Lógicamente amvas prestaciones ( paro y baja son incompatiblers entre sí)
Ahora bien si tienes derecho al paro, hay que examinar si sale a cuenta o no.
Saludos