Hola. No te pueden obligar a jubilarte. El artículo 272.1.d de la Ley General de la Seguridad Social, dice que si percibes la prestación contributiva por desempleo, entre otras causa se extingue por el "Cumplimiento, por parte del titular del derecho, de la edad ordinaria de jubilación, con las salvedades establecidas en el artículo 266.d)." (esas salvedades, se refieren a que no reunieras los requisitos para jubilarte a tu edad ordinaria). Tu edad ordinaria, NO ES LOS 61 AÑOS. Vive tranquilo y contento. ;-)
Cobrando la pensión contributiva (el paro), ¿me pueden obligar a jubilarme con 61 años?
Accedo a la pensión contributiva con 61 años por un despido improcedente, al cabo de los seis meses, ¿me pueden obligar a jubilarme? Mi intención es agotar la prestación los 24 meses que me toca, y jubilarme con 63.
En principio entiendo que eso solo afecta al subsidio por desempleo (ayuda para mayores de 55 años), pero no lo tengo muy claro. Agradecería aclaración al respecto. Gracias.