Hola, os comento: tengo un bar que regento desde hace 22 años. El caso es que hace uno se detectó un vicio de obra oculto que no es otro que la chimenea no llega al tejado. El Ayuntamiento me exige que alargue el tubo, pero yo tengo que reclamar a la Comunidad por tratarse de un elemento común. Como los vecinos no responden hay un juicio y el juez decide que se haga la obra que dice el Ayuntamiento y que la haga yo. La sentencia es recurrida, por lo que los vecinos no permiten que la obra se haga todabía. El caso es que ahora el Ayuntamiento me cierra la cocina, con lo que ello supone en perdida exconómica. Yo, me dirijo a mi seguro porque tengo contratado en la póliza una indemnización de 350 euros por paralización de negocio durante un período de no más de tres meses. El caso es que le reclamo a mi seguro pero me dice que esa póliza sólo es en caso de siniestro. ¿Es eso correcto?. Yo leo la póliza y no veo nada de eso, pero,....