Si no estoy diciendo que no, simplemente que me parece excesivo obligar al propietario a mantener al precarista en el uso pacífico de la vivienda, y más aún conceptuar la falta de cumplimiento de esa supuesta obligación como delito...o falta. A lo de la otra y las promesas no le veo relevancia. En cualquier caso mucho me temo que habrá mechos juzgados que no coincidan conmigo...
Entre la locura "feministaQ y la "penalización" de todo creo que estamos perdiendo el norte. Con que ella inste un procedimiento para determinar la custodia del menor y el uso de la vivienda ya se soluciona todo... De hecho, de prosperar la denuncia, no implicaría una solución.
Morinelli, la cuestión es que la mujer desde que abandona él la vivienda se ha hecho cargo del pago de los suministros y él aún pagándolos ella se dirige a las compañias suministradoras y procede a cortarlos. Está claro que lo está haciendo con la intención de que abandone la vivienda( ella con el hijo de ambos);además cuando él abandona la vivienda "por otra" les promete que jamás le reclamaría la vivienda...
Rosalín, el momento para calificar es al final de la instrucción, de hecho la calificación definitiva es después del juicio...
Katia, entiendo lo que dices, pero se me plantean varios problemas. Además de la prueba, el tipo habla de falta de legitimidad, y no veo que él tenga la obligación de mantener la posesión pacífica de ella...ni de mantener la titularidad de los contratos de suministros...algo que se soluciona bastante fácil. Es decir que para no cometer un delito (o falta) él se ve obligado a colocarse en una posición injusta, toda vez que es él quien adquiere las deudas de suministro sin tener porqué. Como he dicho la cuestión sería demostrar que él corta los suministros para que ella abandone la vivienda, y aún en este caso necesitaría más datos...
Gracias katia y Morinelli, os comento que la chica presentó la denuncia por el corte de los suministros (ya que fue a las empresas suministradoras y los dio de baja, la vivienda es de él)y me han dictado auto de sobreseimiento por no tener indicios de criminalidad, yo he presentado recurso de reforma y subsidiario de apelación pq a mi juicio es un delito de coacciones. Mi pregunta es, tendría que haber dicho delito de coacciones o subsidiariamente falta de coacciones? o al haber decantádome por el Delito queda fuera la falta?.
Gracias y un saludo
En mi opinión, ni aún estando los contratos de suministros a su nombre puede darlos de baja, como medida de presión para que se vaya, a mi juicio estamos claramente ante una falta, al menos, de coacciones.
Uff con esos datos no lo tengo tan claro...qué significa le corta el suministro? Digo, si él era el titular de los contratos de suministros y simplemente los da de baja...pues no sé yo...
Alguien me puede decir si el compañero sentimental de una chica con un hijo en común abandona el hogar y aquel para presionar que salga del domicilio le corta el suministro de agua y luz, constituye un delito de coacciones o algún otro delito distinto?
gracias