En mi empresa existe una Sección Sindical, y actualmente estamos en un proceso por lo social de un asunto laboral.
La empresa nos está obligando a decirles quienes están afiliados al sindicato, nos lo ha pedido por carta, por burofax, en conversación privada (aquí los grabamos con una grabadora).
Esta acción no está permitida, ya que vulnera derechos constitucionales, vulnera la LOPD.
La pregunta es: ¿ puede entenderse un ilícito penal del 172.1 párrafo segundo ?
A ver, desde mi punto de vista solicitar no es obligar y lo prohibido por la LOPD sería ceder los datos de manera irregular, algo que 1º no ha sucedido todavía y 2º sería responsabilidad de quien cede esa información, que es responsable del fichero y de su tratamiento.
En este caso y a salvo de otros datos no hay violencia, por lo que de ninguna manera hay coacciones.
Por otra parte una vulneración de la LOPD no sería delito.
En resumen, contra el vicio de pedir está la virtud de no dar, si la empresa os ha pedido eso por escrito vosotros haced un escrito igual de correcto negándonos a facilitar esa información.
Morinelli, no tengo yo muy claro que "solicitar no es obligar" creo que podría depender del contexto donde se ejecute,
El asunto es que estamos iniciando un conflicto colectivo, en el que los demandantes es la sección sindical. Por ese motivo quieren saber no solo los integrantes de la sección , sino todos los afiliados.
Como ejemplo a lo que quiero decir, también en un atraco te piden o te solicitan que les des el dinero.