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Coacción

5 Comentarios
 
Coacción
19/04/2007 21:15
Hola,

Tengo un piso arrendado a un inquilino por un año. Hace dos meses informé verbalmente al inquilino que no iba a prorrogar el contrato y que le avisaba con antelación para que pudiera encontrar otra vivienda. El inquilino me dijo que de acuerdo.

Dos semanas antes llamo para citarme con él y devolverle su mes de fianza y él entregarme las llaves y me encuentro ante un chantaje: o le pago 4 meses de fianza o no se va.

En el contrato existe esta clausula:

"El presente contrato quedará automáticamente resuelto sin necesidad de aviso previo, en la fecha indicada en el pacto primero, o sea, al finalizar el plazo contractual, debiendo entregar las llaves de la finca sin demora alguna. De no hacerlo así, el arrendatario deberá abonar, aparte de las costas y gastos que se causen por el incumplimiento y en concepto de cláusula penal, una cantidad igual al duplo del precio contratado, por cada periodo de tiempo igual o fracción del mismo que transcurra, hasta obtener el propietario la libre posesión."

Además en el contrato pone que debia pagarme del 1 al 5 de cada mes y nunca lo ha hecho así.

¿debo acceder al chantaje?
¿debo enviarle un burofax indicandole que debe irse antes que cumpla el plazo establecido a pesar de la clausula de mi contrato?
¿es legal que incumpla el plazo de pago?

Gracias de antemano por su lectura y su tiempo

AG
19/04/2007 23:31
Esa cláusula es nula de pleno derecho y va en su perjuicio. El arrendatario tiene la POTESTAD de al finalizar cada año natural quedarse otro año más hasta un total de cinco.

Si quiere ud, que se vaya ojo con lo que hace y que le redacte el documento de resolución de contrato de mutuo acuerdo, por que se puede ver en la sorpresa de que aunque le pague, ese pago no le libere de la relación contractual.

Salvo mejor criterio.
20/04/2007 10:30
Los contratos de arrendamiento de vivienda pueden llegar a tener una duración mínima de cinco años si asó lo quiere el arrendatario. La única excepción es que el propietario no tuviera otra vivienda y necesitara esa para él, en cuyo caso, si tal previsión constara en el contrato, sí podría obligar al inquilino a marcharse.
perfil Jan
20/04/2007 12:59
Hola Agp71. La parte final de la clausula que usted ha transcrito podría ser considerada abusiva"una cantidad igual al duplo del precio contratado, por cada periodo de tiempo igual o fracción del mismo que transcurra, hasta obtener el propietario la libre posesión."

Como ha dicho el forista jfuster si el contrato ES DE VIVIENDA dicha clausula será NULA EN SU TOTALIDAD.

Sin embargo,si se trata de un contrato de Uso distinto al de vivienda(temporada) es válida excepto la parte de la misma que ya mencioné.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
20/04/2007 14:46
Ante todo: gracias a todos por sus respuestas y orientación.

El contrato es por un año claramente indicado, una vivienda amuebla y consta que el domicilio habitual del arrendatario es otro distinto al del piso con el que me chantajea.

no se si esta información es importante....

gracias de nuevo....

AGP71



perfil Jan
24/04/2007 12:55
Hola Agp71. Sin poder examinar el contrato en su totalidad me es imposible determinar si el mismo es de Vivienda(con las consecuencias ya anunciadas) o de Temporada,aunque el hecho de que en el contrato se haya hecho constar que la vivienda objeto de alquiler NO es domicilio habitual del arrendatario PODRÍA ser indicativo de ser un contrato de Temporada.

Le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía quien, con el contrato delante, le asesorará sobre las opciones legales que pudieren asistirle.

Reciba un cordial saludo.