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¿Coacción por Vínculo Familiar?

9 Comentarios
 
¿coacción por vínculo familiar?
26/12/2009 16:31
Saludos al Foro

Quisiera recibir algún consejo sensato sobre mi problema; espero que no sea mucho pedir !!

He metido y acogido en mi casa “una temporada” a mi hermano y su pareja, porque ya no podían pagar su alquiler y necesitaban un techo donde recuperar la economía y hacer la transición a otro alquiler. El problema es que ya va para un año, y aunque les he manifestado mi necesidad de disponer de la totalidad de mi casa para la próxima primavera, ahora se niegan a irse, en base a viejas deudas de dinero familiares.

Lo cual me ha sorprendido mucho, porque no sólo se han instalado plenamente (y dejado cajas por todas partes, hasta el punto de hacerme vivir arrinconado) sino que además nunca les he cobrado nada de nada, ni siquiera las facturas de los suministros.

Sospecho que en este caso tan peculiar, como no existe relación contractual y nada más que un abuso en la convivencia y en la liberalidad de la confianza otorgada, no sería ilegal impedirles de hecho la entrada; e incluso por ser el propietario y vivir en ella, tal vez hasta estaría en mi derecho a cambiar la cerradura, si me siento violentado en mi propia casa, tal como se haría con un ladrón que te amenaza o coacciona abiertamente.

Pero bueno, mi consulta se dirige más bien al otro extremo. Negarse a abandonar una vivienda (donde viven gratis y sin restricciones) contra expresa decisión del dueño, y hacerlo en base a un pretexto de deuda familiar, me parece que es tomarse la justicia “por la propia mano” y abusar de la fi-lia-li-dad misma, y quería saber si se puede denunciar como Delito Familiar o Delito de Realización Arbitraria:
DE LA REALIZACIÓN ARBITRARIA DEL PROPIO DERECHO
Artículo 455.1. El que, para realizar un derecho propio, actuando fuera de las vías legales, empleare violencia, intimidación o fuerza en las cosas…

Gracias por vuestra opinión. Un saludo
26/12/2009 18:01
Consejos legales no puedo darte, ya que no soy abogada, pero jopeeeeeeees que situación más lamentable tienes Iuris. Tu propio hermano abusando de tí después de haberle hecho un favor tan grande y que no todo el mundo estaría dispuesto, pero claro, visto lo visto, aún menos personas se ofrecerán a ayudar siendo éste el resultado.

Espero que se solucione de la mejor manera y no tengas que llegar al extremo de denunciar, está claro que tendrás que velar por tus intereses iuris, ojalá tu hermano y su mujer rectifiquen..

Mucha suerte, un cordial saludo.
26/12/2009 18:48
Así es, PasabaPorAqui, y por si fuera poco, estoy en paro y no encuentro trabajo. Pero gracias por tu respuesta.

Quizá han soñado que les denunciaré por okupación, que demandaré un desalojo, algo que se prolongue a lo largo del tiempo y me arrastre definitivamente con ellos a sus problemas personales.

Pero no es el caso: el hecho de que seamos hermanos clarifica las cosas ante la ley (y ante ella, da igual que la violencia e intimidación no sea hecha sobre los individuos, sino sobre sus bienes). Lo que se agrava con el dato del vínculo familiar.
A falta de una opinión profesional, la mía es que ellos “ya están en delito flagrante”.. no por el hecho de querer permanecer en mi casa, sino porque la excusa esgrimida hoy, no existía cuando entraron por la puerta.
Y el concepto de robo define que sólo es posible contra aquellos que están desprevenidos y es en contra de su voluntad.

Luego abuso a la confianza y a la tolerancia fraternal sí que hay, se le puede llamar sin más “encerrona traicionera”, “robo a mano desarmada”.

Feliz navidad a tod@s, olvidé escribir antes !!!
26/12/2009 19:05
Estás en tu casa, es tu casa, pagas todos los gastos, no percibes ni un euro...Cambia la cerradura y deja todos sus enseres en algun almacen,que ellos puedan recupear.
A problemas graves, soluciones drásticas.
Saludos
26/12/2009 20:41
Tienes dos opciones:
a) El desahucio a las bravas... (el que te indica Talismán).
b) El desahucio por precario (el legal). Que no exista contrato escrito no implica que no exista. Este supuesto si podría entrar en el artículo que tú aplicas.

Las alegaciones que realicen son ajenas al objeto del tema de fondo, que es la recuperación de la posesión de tu vivienda. Por tanto, requiérelos de manera fehaciente, y ejercita judicialmente la acción de desahucio. Ese es mi consejo pues no olvides que tú les permitiste entrar aunque luego, hayan actuado con evidente mala fe según tu versión de los hechos.

No es un tema penal, es un tema civil. Te aconsejo que consultes con un abogado para realizar correctamente todas las actuaciones encaminadas a proteger tu derecho.

Un saludo.
26/12/2009 20:43
Rectifico porque me equivoqué al escribir..., tu actuación según el supuesto 1, dependiendo de cómo se haga, si podría considerarse realización arbitraria del propio derecho.
Lo que hace tu hermano, es privarte de la posesión de parte de tu vivienda con clara y evidente mala fe.
Un saludo.
27/12/2009 00:00
Nuria

Si no estoy muy convencido de lo que metí en mi casa.. aun llevando mi apellido, me temo que con llamar a la policía es suficiente.

En este caso no existe ni contrato de arrendamiento, ni contrato verbal tampoco. Ni podrían existir, porque habrían ido entonces contra mi propia voluntad, ya que no me dedico al alquiler de habitaciones, ni esperaba sacar beneficio ninguno por ayudarles. Pero lo que trato de decir es que firma un contrato, o lo propone o lo suscribe quien está convencido de él.

Que yo confiara simplemente en ellos no podría alegarse, a su vez, como relación contractual de ninguna especie (el consentimiento para un beso no presupone ni obliga a matrimonio) ni varía en nada si de la noche a la mañana decido recuperar mis derechos de uso sobre la casa; lo cual es extensible tanto si les presto habitaciones, como si les presto el coche o un televisor.

Que hayan entrado con mi consentimiento no les autoriza a nada de nada, tocante a título válido de dominio o tenencia; menos aún les autoriza a provocarme convivencia a la fuerza o por intereses propios, sólo porque les manifiesto mi voluntad de que se marchen con un preaviso (innecesario, por otra parte, al no haber relación contractual) de más de tres meses.

Aún no terminamos el año, pero ellos insisten que en la primavera no se habrán marchado todavía, ni lo harán, lo que además de negativa es retar y despreciar la expresa voluntad del dueño. ¿Quién querría contratar a personas así?

Este comportamiento vil no entra, que yo sepa, ni siquiera en la ética de los okupas (arruinar la movilidad del dueño además de vivir en su casa). Y por ello mismo no sólo es una acción civil lo que puede emprenderse, sino penal. Para no revertir la situación fatalmente en contra mía, es por lo que acudí a este foro.

Más bien las dos opciones son:
- Tratar de dialogar con ellos y hacerles comprender que están cometiendo un delito contra un familiar, “aunque ellos crean que sólo se lo hacen a sus bienes o a su paciencia”, lo que se agrava para el caso de la pareja que mi hermano se trajo, bajo pretexto de que si no los acogía juntos, la relación podría romperse.
- Tratar de saber exactamente qué delito penal están cometiendo; tengo pruebas que demuestran la coacción y la mala fe, lo que realmente no harían ni siquiera personas que abusan de un contrato de cesión gratuita, es decir, un contrato de precario pero que es con pleno conocimiento y convencimiento del dueño, y totalmente ajustado a sus necesidades.

Quisiera respuestas que respondan a estos particulares, agradeciendo mucho la opinión de Talisman (eso de guardar los enseres en un almacén es toda una delicadeza de procedimiento) y a Nuria que mencionó el Precario, pero cuya figura tocaría más bien demostrar a los que se creen precaristas, en su pretensión porque no sea yo mismo quien los ponga en la calle.

Gracias de veras y un saludo
27/12/2009 13:40
Iuris, te equivocas, te guste o no, lo supieras o no, tienes un contrato verbal de precario (sin título, por tolerancia y liberalidad del dueño). Dichos contratos, explicado coloquialmente, se caracterizan porque permites que utilicen una propiedad tuya sin contraprestación alguna (gratuitamente) y hasta que tú quieras, sin plazo de duración. En tu caso, les permitiste utilizar una habitación y otras dependencias de tu casa en esas condiciones.
El problema es que ahora que tú quieres terminar dicha relación, ellos se resisten abusando de tu buena fe y del vinculo familiar que os une, pero es lo que hay.
Entiendo tu indignación, pero insisto en que no es un tema penal sino civil. Por supuesto, lo mejor es solucionarlo por las buenas pero como la otra parte no parece estar por la labor... no te queda otra via que la judicial para evitar que te apliquen ellos el uso arbitrario de tu propio derecho. La mala fe debes demostrarla en el procedimiento judicial porque implica la imposición de las costas. En cuanto a las coacciones, para que exista delito tienen que darse los elementos del tipo y lo veo difícil de demostrar puesto que son coacciones psicológicas, no físicas, aunque si creo que te coaccionan. Si es así, sólo conseguirás la imposición de una pena y con suerte, el alejamiento.
Estamos ante un ilícito civil, la carga de la prueba te incumbe a ti pues ellos van a poder acreditar sin problema que tú consentiste la entrada en la vivienda. Debes requerirlos fehacientemente para que abandonen la vivienda, lo que te servirá tanto para el tema civil como para si en un futuro, se producen otras actuaciones que constituyan un ilícito penal. Creo que debes consultarlo con un abogado porque estás tan rebotado que no ves las cosas con la claridad que necesitas. Es tu decisión, mucha suerte.
Un saludo.
27/12/2009 16:10
Hola Nuria, muy amable por toda la información y tus sabios consejos. Y perdón a los lectores por el rebote; sin duda se me pasará porque basta una mirada al mundo "para no ahogarse en un piso”.

También he leído de quien ataja el desahucio por el Artículo 41 de la Ley Hipotecaria; pero el contenido de ella y los casos donde se aplica me son incomprensibles por ahora.

Sin embargo de tu respuesta deduzco que aún sería posible legalizar o formalizar su total clandestinidad mediante un Contrato de Cesión Gratuita. Ambos quedarían así vinculados a la figura del Precario, en idénticas condiciones de acoplamiento que ahora, pero con todas las consecuencias y garantías jurídicas que implica aquél.

Si la fe contractual de ambas partes demuestra por sí misma la precariedad, habríamos ahorrado el tedio de la prueba de buena y mala fe y parte del Procedimiento en sí (ya no es necesario que el Juez delibere en qué marco nos movemos, y sin tanta interposición de recursos llegamos antes a la posibilidad de condonación).

Ahora bien, ¿querrán firmarlo? ¿hasta donde puedo forzarles, en este sentido de que firmarlo en nada varíe su situación actual?
Tales contratos amparan el derecho del propietario a exigir la devolución de la vivienda con tan sólo un mes de preaviso, de lo que tendría que informarles yo mismo antes de sacar el boli; y también que rebasar el plazo supone una penalización de cien euros por día de demora.

No veo qué mejor momento (la negativa de mis locatarios a formalizar su precariedad, en tanto fuera el paso más lógico y seguro) para poner el asunto en manos de un abogado CIVIL (jeje, ya me quedó claro pues).


Buen último domingo del año a tod@s
27/12/2009 18:53
Iuris, que no se trata de firmar nada, que la situación es de hecho y demostrable, y por tanto, el contrato ya existe y puede resolverse... éste último es el paso que tienes que dar. Suerte.