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¿Coacción o usurpación imprudentes?

3 Comentarios
 
¿coacción o usurpación imprudentes?
04/12/2004 02:43
Hola a todos:

Soy un agente de Policía al que un día determinado su Jefe envía a un domicilio para hacer cumplir una sentencia (falta de malos tratos en el ámbito familiar), al parecer de localización permanente de un marido EN DOMICILIO DISTINTO AL DE LA DENUNCIANTE, NO DESEANDO MARCHARSE ESTE HOMBRE DEL DOMICILIO CONYUGAL (hacer constar que no se reflejaba ningún tipo de medida de seguridad accesoria). Una vez en el domicilio solicito a la señora la copia de la sentencia y observo que esta no es firme. Pese a las indicaciones de la señora que me indicaba que en el juzgado le habían informado que era de inmediato cumplimiento y antes de actuar consulto por radio al Jefe que me lo había encomendado, este tras un breve espacio de tiempo me indicó que había hablado telefónicamente con la agente que había instruído las diligencias, la cual se suponía que estaba en contacto con el juzgado, y que le había dicho que efectivamente la sentencia debia de ejecutarse de forma inmediata, independientemente de que fuera recurrible o no, por lo que debía proceder en consecuencia.
Ante tal situación indiqué al marido que recogiera sus cosas, que se debía marchar del domicilio, lo que así hizo, sin emplear de algún modo fuerza, violencia o amenazas.
El caso es que ahora unos meses después me han informado que se ha solicitado por parte del juzgado los datos de los agentes que habían intervenido, y una vez informado, he podido leer la denuncia que nos han interpuesto a mi compañero y a mi. Nos acusan de dos delitos, uno de coacciones (entiendo que por obligarle a abandonar el domicilio) y otro de usurpación de atribuciones (entiendo que por usurpar las atribuciones judiciales).

Alomejor visto desde fuera se ve muy claro si esta era o no la correcta forma de proceder, pero en el caso en cuestión, con una señora que te dice que teme por su integridad, una sentencia en la mano, y unas indicaciones por parte de la superioridad, pienso que no cometí ninguna imprudencia.
Me gustaría saber que opináis. Si estas acusaciones tienen probabilidades de prosperar o no y en el primero de los casos, cuáles creéis que pueden ser las consecuencias.
Muchas gracias de antemano.

05/12/2004 08:25
Es muy barato denunciar en este país.
Además de que lo normal es que, tras una sumarísima (breve) declaración, con presencia además de abogado de oficio, el juzgado archive de plano la causa, con sobreseimiento libre.
El tipo de las coacciones decía que (al menos lo hacía cuando lo estudié) que las cometía quien..."SIN ESTAR LEGITIMAMENTE AUTORIZADO", bla bla.....res ipsa loquitur.
En cuanto a lo de "usurpación de funciones" no merece dedicarle ni una sola palabra, y no lo haré; es tiempo perdido, salvo ver cuánto abogado de secano corre en este país.
Hay cuestiones como las de estar actuando en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo, o la de cumplimiento de una orden legítima, por decir algo a vuela pluma. (no creo que llegue el caso de tener que emplear mucho más tiempo en esto).
La imprudencia quedaría, (vamos a decir algo), rebatida ante esa consulta a la sala sobre la ejecutabilidad de la resolución recaida....eso demostraría incluso un exceso de celo para proteger TODOS los derechos de las partes intervinientes (no solo los de la mujer) y asegurarse de que la orden judicial recibida era de obligado cumplimiento y por tanto amparaba la acción que uds. estaban ejecutando.
Por supuesto, recomiendo que se hable del caso con los servicios jurídicos, si los hay, que les protejan en estos casos, y si no los hay, el letrado de oficio que se les nombre y, por último, el ministerio fiscal se ocuparán de proteger la legalidad en este caso (que e lo que uds. han hecho ayudando al cumplimiento de las resoluciones judiciales).
Es este país, denunciar es tan sencillo como tomarse un café.
Así estan los juzgados.
En principio, puedo afirmar que no debe preocuparse demasiado del tema. Si no fuera así, mal nos iba a ir a todos.
Quedo a su disposición, sr. agente, por si quiere ampliar el mensaje.
Y mantenganos informados.
Un saludo cordial.
05/12/2004 15:34
Muchas gracias por la información, no dude que lo mantendré informado del procedimiento.
Por cierto y ya que ha sacado el tema a colación, puedo decirle que es muy habitual las denuncias a los Policías que actuan en la calle, a nadie le gusta que le pongan una multa, lo identifiquen, le notifiquen una sanción, etc... y como vd. dice, la lástima es que es gratis. Ahora bien, aprovecho para consultarle, ¿no sería obligatorio que el juzgado o el fiscal iniciaran en algunos casos un procedimiento por falso testimonio o denuncia falsa, teniendo en cuenta además el carácter de funcionario público del denunciado? Lo digo porque se me han dado ya casos en que hasta el juez ha salido riéndose de la sala tras escuchar la denuncia inverosímil. Pienso yo, que si se actuara de esta manera, no estarían tan saturados los juzgados y la Policía se sentiría más respaldada.
De todas formas un saludo y gracias de nuevo Sr. Invitado.
05/12/2004 19:04
Lo que ocurre, amigo agente, es que entre la denuncia desestimada formalmente por falta de pruebas, y la denuncia falsa hay una cierta distancia jurídica que impide, política criminal aparte (ya que, no obstante, se podría intentar perseguir y algunas veces se hace, por falso testimonio prestado en causa penal) perseguir todos estos excesos.
Pero no olvidemos que estamos en un estado garantista, como lo refleja la actitud de extremo celo y prudencia que uds. tuvieron en el cumplimiento del mandato judicial, intentando evitar cometer una injusticia por dejación o imprudencia (lo mismo que ese listillo les achaca).
Pero comparto la idea de que, muchas veces, el servidor público (y yo también lo soy) está desamparado frente a la misma sociedad a la que sirve. Una cosa es que deban perseguirse los abusos donde los haya, y otra cosa es que el funcionario cumplidor de la ley pueda estar a expensas de cualquier giliflautez, movida por el resentimiento....formalmente, lo está, ya que además de presencia letrada, estará el mº fiscal, que en su actuación se rige por el principio de legalidad, y que, vistas las circunstancias del caso, puedo aventurar que solicitará, previas las declaraciones de rigor, el archivo de la causa sin más trámite, por no ser en modo alguno constitutivas de delito alguno.
Es parte de este trabajo, a veces tan ingrato. Pero uds. están seguros de su actuación, y por lo dicho apoyo su perfecta legalidad y legitimidad.
Un saludo.