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Club padel indoor

5 Comentarios
 
Club padel indoor
15/12/2013 09:41
Buenos dias.
La cuestión que os planteo se debe a las dificultades que el ayuntamiento nos está poniendo para la apertura de un club de padel indoor. El caso es que tras una revisión del PGOU en Agosto del 2012 con el fin de atraer nuevas inversiones y actividades para reactivar la actividad económica en suelo industrial , no se ha incluido la actividad deportiva dentro de dicha revisión y no nos dejan compartir usos en el suelo. Es por ello que nos indican que no podemos iniciar la actividad en una nave industrial de la localidad en cuestión. Mis preguntas son las siguientes.
¿Nos pueden prohibir montar la actividad cuando por decreto el PGOU se modifica para fomentar nuevas inversiones asi como para frenar la especulación?
¿Nuestra actividad sería ocio pagado y por lo tanto sector terciario?
¿Si el uso de la nave fuera terciario y no industrial podríamos montar la activiad sin problemas?
¿Qué es el uso dotacional? ¿Se podría considerar nuestra actividad uso dotacional?
Muchísimas gracias por vuestra atención.
Un saludo
15/12/2013 12:55
El PGOU es el Sancta Sanctorum del urbanismo municipal, para que la actividad pretendida puede implantarse será necesario aprobar una modificación puntual del mismo.

Lógicamente, la tramitación de dicha modificación no será posible sin la connivencia del ayuntamiento´.

¿ Seréis capaces de conseguirlo presionando políticamente ?, pues eso............
15/12/2013 13:15
Muchas gracias por tu respuesta. En eso estamos... Os pongo la modificación del literal del pgou ya que dudo de si no podemos encajar en alguna de esas actividades.
Está formado por el uso básico industrial, orientado a la pequeña y mediana empresa,
talleres…etc., admitiendo con condiciones los siguientes usos básicos:
- Uso predominante Industrial, pequeña y mediana industria. (40%)
-Usos permitidos:
1. Vivienda dependiente.
2. Hostelería. Todos max. 90% comercio.
3. Talleres-almacén. PB 1 500m2.
4. Garaje-estacionamiento.
5. El uso Dotacional en todas sus categorías pudiendo ser exclusivo en parcela.
6. De forma complementaria y respetando el resto de las condiciones se permite el uso de
Parques y Jardines, Paseo y Estancia
15/12/2013 22:16
No se cuales son las categorías del uso dotacional indicadas en el punto 5 y, en su caso, la compatibilidad con el uso privado. En cualquiera de los otros puntos, desde luego, esa actividad no encaja.

Por otro lado, debe tenerse en cuenta que ante las dudas que puedan plantear las determinaciones de los PGOU, la interpretación del mismo corresponde siempre al ayuntamiento.
16/12/2013 10:39
Muchas gracias de nuevo. La única duda que me quedaría es si al tener la nave declarado en el propio ayto un uso terciario y al ser nuestra actividad terciaria (ocio pagando) esto cambiaría algo la película.
un saludo¡
16/12/2013 12:01
Insisto, las clases de usos o usos globales del suelo los establece el PGOU, igualmente es en el instrumento de planeamiento donde se determina el uso pormenorizado en cada uso global.

Como es obvio, el PGOU puede cambiar dichos usos sin perjuicio de los preexistentes ya incorporados al patrimonio de los propietarios.