Buenos días,tenía mi vivienda alquilada mediante una empresa de las que te aseguran el pago de la renta si el inquilino no paga ,la cuestión es que los inquilinos ya se han marchado y me está siendo difícil alquilar mi vivienda porque piden 4 meses por adelantado,entonces es mucho dinero lo que el inquilino tiene que soltar y le es difícil,me estoy planteando alquilarlo de manera particular dando más facilidad pero me da miedo que dejen de pagar,me gustaría saber si hay alguna cláusula que sea legal para poner en el contrato para en caso de impago se pueda acelerar el desaucio del inquilino de manera más rápida que la denuncia por ocupación que ya sabemos se eterniza.graciaa y un saludo
Hay seguros que cubren ese tipo de cosas sin necesidad de recurrir a alquilarlo por empresa. El procedimiento que siguen es que le solicitan la documentación de los posibles inquilinos y en el momento ellos dan el ok, usted está cubierta ante los impagos.
No existe, o mejor dicho, existe pero sería nula de pleno derecho por "derogar" normas de Derecho Procesal que no pueden quedar al resultado de la voluntad de las partes.
Hay gente que recurre al laudo arbitral y luego ejecuta si es necesario.
Pero yo no aprecio una gran diferencia con el desahucio normal.
Como dice Olimpia, hay seguros que cubren el impago sin suponer una intervención: usted manda lo que le pidan, y si ellos aprueban el inquilino, pues hay contrato. El aval de un familiar puede suplir los meses de fianza que piden. También puede cubrir el desahucio y los daños. Mire en Mapfre.
Si algún señor de Mapfre lee esto y quiere mandarme un jamón para agradecerme la publicidad, que me pida la dirección por mensaje privado.