En mi contrato laboral, especifica la jornada laboral de lunes a viernes de 7 a 15:00h.
Con la misma fecha del contrato firmé unas hojas a parte que pone, CLÁUSULAS ADICIONALES, las cuales llevan mi firma y el sello de la empresa. La cláusula que me interesa es una que pone, acordado por ambas partes, se compromete a trabajar festivos locales y autonómicos.
Mi pregunta es que si tienen la misma validez legal que el contrato y hasta que punto me pueden obligar a trabajar festivos? Y si me puedo negar a ello. Mi convenio es el de consultoría y estudios de mercado.
Si usted firmo esa clausula se ve obligado por ella pero los jueces suelen entender estas clausulas como abusivas ya que a usted se la ponen con el cto y si no firma las mismas no le contratan, por otra parte, las fiestas son las que son 14 al año, 12 nacionales y dos locales, así que según diga su convenio, (no lo he mirado) se lo deben retribuir en la forma que indique y en su caso se deberán de compensar con un descanso.
En respuesta al tema anterior, retribuidas son, pero la questión es que hay personas voluntarias para trabar los festivos, por motivos económicos, y a mi no me interesa trabajarlos, por eso la importancia de saber hasta que punto me puedo negar.
Por esa cuestión no puede conocerse si debe o no trabajarlos o si puede o no negarse, que existan compañeros que quieran hacerlas voluntariamente eso le facilita que a usted no le obliguen a trabajarlas pero por ej. si no llegase a jornada perfectamente pueden pedirle que trabaje algún que otro festivo.
No obstante y como le he dicho anteriormente debemos remitirnos a lo que diga el convenio al respecto.