Pues significa que usted, si quiere, podrá dejar el arrendamiento pasados los primeros 6 meses desde el inicio del contrato e indemnizando al propietario con la fianza que le entregó usted. Es una cláusula completamente legal y muy favorecedora para usted pues si no hubiera una cláusula de este tipo en el contrato y usted se fuera al cabo de seis meses, el propietario le podría reclamar los otros seis meses de alquiler que cubririan el primer año.
Me puede explicar alguien exactamente esta clausula?
La parte arrendataria podrá desistir del contrato, siempre que haya
transcurrido al menos seis meses,desde el inicio o firma del mismo y lo
comunique expresamente y por escrito con un mes de antelación. En caso de
desistimiento del presente contrato la parte arrendataria deberá
indemnizar a la parte arrendadora con una cantidad equivalente a la
fianza depositada.