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cláusula

1 Comentarios
 
27/02/2012 21:40
Pues significa que usted, si quiere, podrá dejar el arrendamiento pasados los primeros 6 meses desde el inicio del contrato e indemnizando al propietario con la fianza que le entregó usted. Es una cláusula completamente legal y muy favorecedora para usted pues si no hubiera una cláusula de este tipo en el contrato y usted se fuera al cabo de seis meses, el propietario le podría reclamar los otros seis meses de alquiler que cubririan el primer año.
Cláusula
27/02/2012 19:50
Me puede explicar alguien exactamente esta clausula?

La parte arrendataria podrá desistir del contrato, siempre que haya
transcurrido al menos seis meses,desde el inicio o firma del mismo y lo
comunique expresamente y por escrito con un mes de antelación. En caso de
desistimiento del presente contrato la parte arrendataria deberá
indemnizar a la parte arrendadora con una cantidad equivalente a la
fianza depositada.