Veis alguna pega legal en esta estipulacion d eun contrato entre dos sociedades:
....DURACIÓN.- Se estable un plazo de duración de xxxxx años, prorrogables tácitamente por periodos de xxxxxx años salvo que XXXXXXXX, S.L. manifieste su voluntad de no renovación con tres meses de antelación y por escrito.....
Es decir la duración del contrato quedaría sujeta a la voluntad de una sola d elas partes.