Buenas tardes,
Estoy interesada en comprar un inmueble de 60.000 € y el vendedor me ha dicho que me da facilidades de pago.
En un principio pagaría 20.000 € y la escritura se pondría a mi nombre con una cláusula resolutoria para aplazar el pago a dos años.
Mi consulta es, ¿tengo que pagar el IVA sobre el valor total o sobre los 20.000 € en el momento de firmar la escritura? ¿qué tipo de gastos aproximados tendría al firmar la escritura y al cancelar la condición resolutoria una vez pasados los dos años?
Por si sirve de algo, mi comunidad autónoma es Andalucía.
Se me olvidaba preguntar una cosita. Una vez pasados esos dos años y cuando intentase buscar un crédito hipotecario, ¿podría negarse la entidad financiera a concederme un crédito por el importe restante si existe una condición resolutoria en la escritura? ¿o no tendría problemas teniendo como avalista a mi padre que tiene algunas fincas rústicas y contando con una nómina?