Hola compañeros,
mi duda es la siguiente:
puede considerarse abusiva y tenerse por no puesta la siguiente cláusula que aparece en un ctato de arrendamiento de vivienda, posterior a 1994, según la cual:
"El presente contrato vale como expresa comunicación de la voluntad del arrendador de no renovar el contrato al término de cinco años, salvo acuerdo de las partes de prorrogarlo por periodos anuales hasta un máximo de 3 años, en cuanto a nueva renta y factualización de fianza."
Simplemente con esta clausula que se incorporó al contrato de arrendamiento firmado, el arrendatario se entiende que se da por enterado de que terminado el plazo de 5 años del contrato, tiene que dejar la vivienda libre a no ser que llegue a un acuerdo con el arrendador?
Me parece una cláusula abusiva, pero no lo tengo muy claro, a ver si alguien me echa una manilla y me comenta que es lo que piensa sobre la misma. Gracias.
Tenla por no puesta y leete el articulo 10 de la Ley de Arrendamiento Urbanos si transcurre los cinco años el arrendador te debe notificar con antelacion que el contrato ha terminado y si no lo hace se prorroga el contrato durante tres años con las mismas condiciones.La notificacion debe ser hecha con una antelacion de un mes antes de los cinco años.
Yo creo que es válida. En ella el arrendador manifiesta ya que no desea prorrogar, ejerce un derecho propio con suficiente antelación. No supone desequilibrio entre las partes ni la renuncia por parte del arrendatario de ningún derecho, ya que cualquiera de las partes puede denunciarlo, y por ello no se pacta contra legem.
Ademas, supongo que, por el tenor de la clausula, es un contrato con una duracción pactada de 5 años o se prevé la prorroga legal hasta ese momento en caso de vivienda, con lo que el arrendador unicamente determina el vencimiento exacto del mismo, conforme a lo pactado.
Otra cosa sería que por esa clausula se lesione algún derecho del arrendatario, cosa que no veo.
Lo que desea el dueño es sustraerse al articulo 10 y pacta prorrogas de año a año hasta tres y encima con posibilidad de una nueva renta y fianza .Es mas intenta hacer contratos nuevos con nueva renta excluyendo incluso las prorrrogas del articulo 9 .Es una clausula oscura y por tanto no debe beneficiar a quien la impuso y como he dicho antes puede implicar una renuncia de derechos del inquilino.