Hola Atxta. Las dos cláusulas que usted han pensado son NULAS DE PLENO DERECHO. De hecho si usted llevase a cabo el contenido de la primera cláusula que cita estaría cometiendo una infracción penal.
Le aconsejo que el futuro contrato sea redactado por un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos.
Tambien he pensado que podria pedir que dejase la casa, notificandole con 30 dias de antelacion.
En la practica nosem, si el incumpliera esto ultimo si tendria que ir a por el desahucio y meterme en problemas.
He estado pensando en alquilar 2 habitaciones pero tengo miedo por los temas de desaucio y demas.
Habria alguna posibilidad de agilizarlo?
Yo he pensado que en el contrato de arrendamiento se establecieran unas condiciones, que vendrian a ser .
Tras un mes de impago se autoriza al propietario a entrar en la habitacion del arrendatario y sacar sus propiedades, para posteriormete llevarlas a algun almacen o similar al cual el inquilino tendria que ir a recuperarlos. Este almacen se alquilaria un tiempo determinado con una fianza dejada previamente.