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clausula no competencia

1 Comentarios
 
29/05/2003 20:34
Hola Cuiva:
El Derecho Laboral permite, que las partes pueden incluir en el contrato de trabajo pactos, siempre que se respete lo dispuesto de las leyes y no sean contrarias a la moral ni al orden público (art 1255 CC y 3.1 c) del ET. Este último, asimismo, prohibe la renuncia (por el trabajador) de derechos.

Pués bien dicho lo anterior (a modo de premisa), entre los pactos más frecuentes que se suelen realizar está el denomninado "pacto de no competencia poscontractual". El mismo está destinado a evitar la competencia para después de extinguido en contrato de trabajo. Conviene, asimismo decir, que este pacto no podrá tener una duración superior a dos años para los técnicos y de seis meses para los demás trabajadores. El ET, en su artº 21.2 considera que, el mismo será válido, siempre que el empresario satisfaga al trabajador con una compensación económica adecuada. Por tanto, en el recibo de salarios debe estar incluido la retribución por este concepto.

Por otro lado, (y aunque las palabras se las lleva el viento: en algunos casos si;en otros tienen para las partes más validéz que una escritura) lo que resulta es lo escrito. En muchos casos suele ponerse para el contrato de trabajo, que la retribución será según convenio; ello no impide, que por encima de lo que estipula el mismo, se abone al trabajador lo realmente pactado.

Decir por último, que si no se cumple con lo pactado verbalmente, el trabajador se sentirá engañado (y con razón) y no tardará en pedir su simisión y la puerta.

Saludos
Clausula no competencia
28/05/2003 20:46
En un contrato de trabajo, entre una empresa y un trabajador que tiene unos estudios y conocimientos especificos para trabajar en dicha empresa, se inlcuye la clausula de no competencia por la que se abonaran 40 (por ejemplo). El sueldo pactado verbalmente es de 100, pero en el contrato se ha puesto segun convenio. A la hora de abonar la nomina, esta se desglosa: salario 60, plus no competencia 40. ¿es esto correcto? yo pienso que no que deberían ser 100 más 40 de la no competencia, pero como en el contrato no se reflejo el acuerdo verbal no podría prosperar una reclamacion. ?es esto asi? ¿alguien me puede dar su opinion como experto en la materia? muchas gracias