Hola, en el convenio de mi sector hay una clausula de revision salarial,"en el caso de que el ipc interanual superase el ipc previsto por el gobierno para los años de vigencia del convenio ,se procedera a una revision salarial igual a la diferencia entre la prevision y el ipc real de cada año", y querria que alguien me confirmase, 1º- si puesto que la prevision fue del 1%, y el ipc real, ha sido de un 3%, lo logico seria aplicar un 2% a todos los conceptos.
2º- y si para el proximo año, la cantidad,que se debe sumar segun convenio( por ejemplo un 1% que parece va a ser la prevision para 2011) es sobre lo cobrado en 2010+ este 2% de revision,o una vez cobrada la diferencia de la revision, la suma se haria sobre lo previsto para 2010, sin sumar ese 2% de revision salarial.
en el convenio no especifica nada mas.
gracias de antemano.