un compañero, de prefesion comercial del ramo de turismo, firmo un contrato con un touroperador britanico. despues de un año el touroperador dice que segun contrato,redactado en ingles y conforme al derecho britanico, las deudas no saldadas en el periodo de un año, siempre y cuando no hayan recibido reclamacion de la deuda, habran prescrito. Es decir, por error en el envio de las fras. a una deireccion erronea durante un año, Puede el touroperador negarse al pago de la deuda contraida???