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¿Clausula abusiva?

2 Comentarios
 
24/04/2007 14:12
Muchas gracias por tu respuesta Ignacio.

Lo cierto es que en la inmobiliaria donde trabajo se hacen contratos que dejan bastante que desear con cláusulas como ésta y otras perlas.

Si no es abusar,¿Cómo redactarías tu esa cláusula?

24/04/2007 09:11
En un contrato entre particulares no podemos calificar la clausula de abusiva, aunque si podemos dudar de su legalidad.

Lo que está claro es que el arrendador no puede arbitrariamente ir a la vivienda y exigir su entrada, y mucho menos entrar sin presencia del arrendatario. Lo normal es que la visita se produzca concertando dia y hora concreto para la misma. Cualquier otra solución nos llevaría al mobbing inmobiliario o a perturbaciones del arrendador en el uso y disfrute de la finca que podrán dar lugar a la resolución del contrato (art 27.3.b LAU.).

En cualquier caso la redacción de la clausula me parece excesiva.
¿clausula abusiva?
21/04/2007 22:29
Hola a todos

Quería conocer vuestras opinión acerca de la siguiente cláusula. A mi me parece abusivo que el arrendador pueda "vigilar" de ese modo a su inquilino.

Régimen de visitas

el arrendatario o persona designada por él podrán realizar visitas periódicas para asegurarse del cumplimiento de las cláusulas de este contrato. El arrendatario queda obligado a facilitar tales visitas sin oponer impedimento alguno.

Muchas gracias y un saludo