Tengo actualmente un préstamo hipotecario contratado con Banco Atlantico, este préstamo tiene la famosa claúsula de redondeo al alza, he tenido conocimiento que esta clausula es abusiva y ha sido declarada ilegal.
Una vez que tuve conocimiento de ello, decidí mandar una carta al Banco para que dejaran de aplicarmela, al cabo de dos semanas me llaman del banco para decirme que me lo aceptan y que pase a firmar las nuevas condiciones.
Cuando voy me dice el director de la sucursal que, efectivamente, esa claúsula dejará de ser aplicada y por tanto aceptan mi petición, pero que en mi préstamo hipotecario hay otra claúsula que dice que el tipo de interes que se me aplique nunca será inferior al 3,5 % y que es exactamente lo que se me esta aplicando en este momento.
Entonces le planteo que ellos me estan aplicando una clausula ilegal desde hace dos años y que, si bien este año no tengo derecho a devolución alguna por estar en ese limite del 3,5%, quiero que me devuelvan el dinero que me han ido retirando los dos años anteriores desde que se dictó la ley de reforma del sistema financiero. La respuesta es que no, que no tiene efecto retroactivo y, además, me dice que la claúsula ilegal sólo la estan dejando de aplicar a los clientes que van a reclamar.
Mi pregunta es la siguiente, ¿tengo derecho a que me sea devuelto el dinero que durante este tiempo, desde que es declarada ilegal hastael día de hoy, me han desquitado por aplicación de la claúsula abusiva?. Si es así, me gustaría saber donde exactamente se hace referencia a este caso en la ley que declaró esa claúsula como abusiva, al objeto de reclamar al Banco Atlántico con una base jurídica.