Hola mi caso es el siguiente:
- adquisición de finca con las siguientes características:
a) inscrita en el registro de la propiedad como vivienda.
b) inscrita en el catastro como "residencial"
c) Certificado del Ayuntamiento donde afirma que se trata de un habitage.
d) urbanísticamente, es local comercial
LA Generalitat de Cataluña no otorga la cédula de habitabilidad porque es necesaria la licencia de cambio de uso. No cumple la superfície mínima útil (40m2) para legalizar el uso a vivienda.
Se adquirió en 2006 cuando los Notarios no estaban obligados a incorporar a la CV la cédula ni el advertimiento....
Planteariais una resolución de la Compraventa por error en el consentimiento?
Necesito opiniones .. gracias.