Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

citación testifical enajenación bienes incapaz

4 Comentarios
 
Citación testifical enajenación bienes incapaz
16/09/2013 18:11
Muy buenas tardes,

Estoy llevando mi primer tema de Jurisdicción voluntaria para la enajenación de bienes del incapaz, y ando algo perdida.

Me han aceptado la demanda y han citado a los testigos. No sé exactamente como funciona el tema de la información testifical.

Sé que querrán corroborar la necesidad de enajenación, pero, quién hace las preguntas? El Juez? Podré interrogar yo, o simplemente les acompaño?

Muchas gracias
17/09/2013 13:19
normalmente las preguntas las hace el Secretario Judicial, con el fin de ver la necesidad de la venta de los bienes del imncapaz, para averiguar que no es una "milonga". Al final te dan a ti la posibilidad de preguntarles lo que tu quieras por si algo no quedo claro. salvo mejor opinión
17/09/2013 19:07
Hola
En la práctica, ni siquiera se hará delante del secretario, sino del funcionario que lleve el asunto. Por ello siempre será más cómodo que usted lleve redactadas las tres o cuatro preguntillas y las aporte al procedimiento para que las respuestas sean del tenor: a la primera que es cierto...
Las preguntas normalmente serían del tipo: si tiene conocimiento de que xxx es tutor de xxx, si tiene conocimiento de la incapacidad, si sabe que la vivienda pertenece a ... si cree necesaria la venta para el sostenimiento del incapaz...
Si necesita ayuda puede contar con nosotros
www.asesorlegalgratis.com
20/09/2013 09:05
Muchas gracias mergares y mjmarse. Habéis sido de gran ayuda.
20/09/2013 23:32
Lo normal es que ni este delante, se llamara a los testigos uno por uno, declararan y hasta la próxima.
Tenga en cuenta que si autorizan la enajenación, esta debera verificarse en los terminos en que se haya solicitado y autorizado, debiendo depositar el dinero obtenido en cuenta abierta a nombre del incapaz e incluyendo dicho importe en la justificación de gastos que anualmente debera presentar para aprobación previo informe de la Fiscalía. Es decir que no podrá disponer libremente de ese dinero.