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Citación para reconocimiento médico

12 Comentarios
 
15/12/2003 12:16
Gracias a todos!
Ya os contaré como ha ido.
Saludos
perfil ivo
11/12/2003 21:32
contratar a un letrado dependerá de las ganas que tengas de metrele las gomas al agresor y de la posibilidad de cobro que tengas en caso de que te den una indemnización.
ojo con lo de oficio, oficio no es igual a gratuito...
yo te diría a la vista de lo que se certifique por tus lesiones (lo que puedes llegar a cobrar) me lo plantearía.
10/12/2003 09:56
Por el momento estoy llevando todo el caso yo sóla, pues no sabía hasta hace cosa de dos semanas si me iban a estimar la denuncia. Qué me aconsejáis? Qué siga yo sola .. me asignaran uno de oficio?... O que me busque un abogado?
Seguramente es lo que trata ivo de decir arriba, pero es que no me queda muy claro... sé de leyes, pero laborales ;)
Un gran saludo, y merci!
perfil ivo
08/12/2003 13:17
para lic. A. Gonzalez y todos
el reconocimiento tiene dos objetos al menos en el caso de lesiones:
1º.- clasificarlas como delito o falta, hasta 1995 (código nuevo) en españa la diferencia entre delito y falta estaba en la duración de las lesiones + o - de 15 días, lo que levaba a paradojas como el que una lesión grave (puñalada pe) podía tardar en curar menos que una lesión menos grave (fractura).

A partir de dicha fecha la diferencia delito/falta está en si la lesión requiere o no tratamiento después de la primera asistencia, si lo requiere delito.

2º.- en segundo término el forense deterina las consecuencias de la lesión (días de incapacidad y secuelas) a los efectos de responsabilidad civil del agresor, o del accidente.

3º.- además el examen del forense puede determinar otros extremos como si se trata de heridas defensivas, mecanismo probable de causación etc. que pueden ser de importancia en el asunto.
un saludo
A todos:

solicito explique cuál sería la finalidad del reconocimiento médico para el cual se citó a Sayantha, atento a que en mi país (México) la finalidad perseguida es la de reclasificar legalmente las lesiones para conseguir una disminución en la pena aplicable, esto se logra porque existe una clasificación legal de las lesiones en el código penal, atendiendo a la menor o mayor gravedad de las mismas, asíuna lesion con pena mínima es aquella que tarda en sanar menos de quince días y no requiere hospitalización, más grave y mayor pena se preveé para las lesiones que sí requiren hospitalización y/o tardan en sanar más de quince días pero menos de tres meses, otra pena es para las lesiones que afectan permanentemente un órgano o una función, como que la víctima quede ciega, coja o baldada.

En fin, que para no quedarme con la duda o la simple suposición, les pido ilustren a Sayantha así como a un servidor.
07/12/2003 21:30
tienes razón. Un saludo.
perfil ivo
07/12/2003 12:53
la denuncia no te persona, solo la querella, cabe la posibilidad de formular denuncia y personarte después como acusación particular, en este caso te has de personar conforme a las reglas generales de la lecrim.
p.e. en el abreviado el letrado defensor asume representación y defensa hasta el trámite de calficación, debido a la regla especial de propio procedimiento, pero verás que la regla es solo para la defensa, la acusación se rige por las generales y eso implica poder (apud acta vale), procurador y letrado.
06/12/2003 12:47
El caso es que en el punto 2 sayantha ha formalizado denuncia, personandose en el procedimiento por lo que darán copia de todo lo actuado.

Un saludo
perfil ivo
06/12/2003 11:52
siento disentir
3a.- lleva todo lo que tengas especialmente el parte del servicio de urgencias.
3b.- el forense hace una valoración, la remite al juzgado.
4.- a su abogado le llegan los documentos si lo tiene
5.- jucio como te dice novogest, lo de los testigos como él dice
6.- lo mismo de novogest

la cuestión es que si tu no te personas como acusación particular no vas a tener acceso a los datos del expediente, ya que tu defensa por decirlo de alguna manera recae sobre el fiscal. poe eso no te van a dar copia
01/12/2003 18:58
Desde el punto 3a. Te citan para el reconocimiento médico, vas presentas los documentos, te hace diversas preguntas y te vuelves a tu casa.
3b. El forense no puede estimar o desetimar nada. El realiza su valoración y se la da al juez. El juzgado te notificará esta valoración.
4.A él le llegan como a tí todos los documentos (derecho de defensa).
5.El juicio no se sabe casi nunca para que fecha, depende del trabajo que tenga el juzgado que tramite tu causa. Puedes aportar todos los testigos que quieras. Te recomiendo escrito al juzgado cuanto antes para que puedan ser citados.
6.- Resolución. Depende de lo que se pruebe en el juicio.

Un saludo.
01/12/2003 18:47
Muchas gracias!
Lo de los pasos del procedimiento es si:
1. parte médico de las lesiones
2. denuncia
3a. citacion reconocimiento médico
3b. Estimación o desestimación
4. ?? (le llega a el un documento?)
5. juicio? .. mas o menos para que fecha?
podría yo aportar testigos que se me olvidaron mencionar en el momento que puse la denuncia, pues estaba nerviosa, se me olvidó y el policia no me preguntó?
6. resolución
01/12/2003 18:37
Puedes aportar al médico forense todos los documentos que creas necesarios.

No entiendo a que te refieres respecto de los pasos que han de seguirse en el procedimiento.

No acaba la cosa con el reconocimiento. Ten en cuenta la "presunción de inocencia". Has de probar en juicio que las lesiones te las ha causado esa persona y que lesiones han sido.

Lo de cara-cara no es necesario. Solicita en el juzgado que te proporcionen los medios para que el acusado no te reconozca (un biombo).

Un saludo.
Citación para reconocimiento médico
01/12/2003 18:09
Hola! Hace cosa de dos meses fuí agredida mientras conducía y el agresor me produjo lesiones, las cuales fueron vistas por un hospital, el cual hizo su parte médico, con el que fui a poner la susodicha denuncia.
Me ha llegado una citación para ir al juzgado para reconocimiento médico, pero los hematomas ya me han desaparecido. Podría aportar fotografías, así como el tratamiento que mi doctora me está administrando para los nervios?
Asi también me gustaría conocer los pasos que se dan en este procedimiento exhorto penal...?
Acaba la cosa con el reconocimiento o luego habrá un juicio cara-cara? Es que yo le tengo mucho miedo a que llegue ese momento... No estará mañana en el reconocimiento?
Uff, muchas gracias!