Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

citacion a junta

2 Comentarios
 
Citacion a junta
23/02/2011 22:22
Vivo en una comunidad pequeña, me han dado en mano la citacion para la junta extraordinaria pero no he firmado la recepcion ni hay fehaciencia de la recepcion. EL orden del dia no me conviene porque se va a adoptar un acuerdo con el que no estoy de acuerdo y estoy en minoria, a otros vecinos les ha pasado lo mismo tampoco les han notificado solo llamado por telefono. ¿no voy a la junta si aprueban algo y hay un gasto me hago el loco aduciendo que no sabia de la reunion y en su caso la impugno? o voy de todas maneras.
gracias
24/02/2011 15:18
El nir a las reunioes, para mi en su caso tiene más ventajas que inconvenientes. Dado que pueden votar una cosa y en el acta aparecer otra.
Usted no tiene porqué dar explicaciones del porqué no ha ido a la reunión, no es obligatorio su asistencia.
Cuando reciba el acta y si no está de acuerdo con lo adoptado y su voto es decisivo para su aprobación, le manda un burofax al Presidente con acuse de recibo y confirmación de texto salvando su voto y votando no a dicho punto, le indica que ese punto no se puede acordar por no tener la suficiente cuota para su aprobación (si es así), le dá un plazo de una semana para el envio de la nueva acta, y si no se la envian denuncie
24/02/2011 16:45
Vaevincis, en principio a una Junta no se va con citación, las juntas se convocan, y si es residente de la comunidad donde tiene la propiedad es más que suficiente poner la convocatoria en el tablón de la comunidad, no hace falta mandar burofax con acuse de recibo para darse por enterado. La opción de asistir o no asistir es suya, y el voto a parte de ser en contra debe ser "salvado" para impugnar el acuerdo y da igual que lo haga en la junta (que si pide que su voto sea salvado, debe ir reflejado en el acta) como que lo haga a posteriori si no ha asistido. Le recomiendo que hacerse el loco no vale de mucho, para eso las comunidades cuentan con la opción del proceso monitorio en impagos y morosidad y el posible embargo de estos impagos.

Un saludo,