En estos temas hablo de memoria,de mis tiempos de opositor al cuerpo de forestales,así que,concrecciónes legales,las justas....
Cerrar,claro que puede,voy a poner cabras o me entran las cabras,luego cierro,mientras no afecte la servidumbre,que recordemos es solo de paso.
Deslinde,si el frente de la finca da a vía pública,el deslinde es más que obvio.
Declarativa de propiedad?
Y en estricta ley,sin asentar en escritura pública,no hay servidumbre discontinua que valga,la usucapion no se contempla.
Muchas gracias. Respecto a la reclamación a presentar, la vía penal ya quedó archivada. Y en cuanto a la vía civil no quiere reclamar el importe de los daños del cierre. Lo que quiere es que se declare que puede cerrar. Sería que se reconozca el derecho a cerrar la finca? ¿O sería un deslinde? ¿O una declarativa de propiedad respecto de toda la finca?
Puede cerrar tooooodo el perímetro de la finca,paso incluido,eso si,dejándolo practicable,una cancela o portillo,según el ancho,y como lo dejes abierto y se escapen las cabras......
Respecto al derecho de paso,no existiendo título alguno,calificada como discontinua por nuestro Código Civil, contrato más escritura pública notarial de constitución, nunca por usucapión o prescripción.
A mi entender,no tiene.
Respecto a la consulta en si,via civil,daños o a estudiar vía penal,vandalismo
Un señor es propietario de una finca por la cual pasa un vecino para su propiedad. No hay ningún documento en el que aparezca ese paso pero él lo reconoce. Ha cerrado su finca dejando libre ese paso y vino el vecino y le arrancó el cierre. Presentó una denuncia que archivaron y remiten a la vía civil. ¿Qué acción creéis que es la que procede? El lo que quiere es cerrar la finca respetando el paso pero con la anchura que siempre ha tenido.