Gracias a ambos, pero estoy que me tiro de los pelos. Lo mío es el laboral y mi jefe está de baja, por Dios, que este hombre está vendiendo por debajo del precio de coste (sin contar el IVA) y no sé que es eso de minorar los consumos de actividad, y no me da los papeles de la empresa (viene de otro gestor) así que no se como darlo de alta en hacienda...
Debe seguir dado de alta en la actividad, y seguir pagando el IVA de lo que vaya vendiendo. Cuando termine, por la parte de las existencias no vendidas, deberia liquidar ei IVA como autoconsumo, y además por el importe neto, sin IVA, minorar los consumos de la actividad en el IRPF (menor gasto).
Puede vender las mercaderías que le quedan sin estar dado de alta como autónomo siempre y cuando sea una actividad de poca entidad y con unos beneficios reducidos. En el caso que comentas se entiende que ya no dispone de un local, que va a dedicar poco tiempo a terminar de liquidar las existencias que le quedan y que los beneficios van a ser mínimos porque deberá venderlas a un precio próximo al de coste. Por tanto, puede realizar esa actividad sin estar dado de alta en el RETA.
Lo que si debe hacer es estar dado de alta en Hacienda hasta que termine de liquidar las existencias y deberá presentar las declaraciones correspondientes.
Hola, no sé si este es el foro donde debo publicar esto, pero me han hecho una pregunta que no sé resolver, a ver si alguién sabe... Una persona ha cerrado un local (era autónomo) y le ha quedado mercancía por valor de unos 12 mil euros, y la pregunta es ¿se puede vender por internet? ¿hacer una página y vender a mitad de precio o a su precio? ¿podría tener consecuencias legales? evidentemente todo está comprado con factura y su IVA e impuestos correspondientes, pero claro ya no está dado de alta como autónomo, necesita dinero y le sobran cosas. Y no sé qué decirle... Nunca se me ha planteado un caso así, a ver si tiene solución. Gracias.