Pero bueno, carece de licencia definitiva pero ¿no puede obtenerse? En caso afirmativo y si las cláusulas son como las que nombra Ignacio lo único que pasa es que tendrás que hacer algún desembolso inesperado pero con eso a funcionar. Tienes que ver si ya se hizo el proyecto para aprovecharlo, y hacer las adecuaciones necesarias. No dices que haya ningún impedimento legal o administrativo
Por eso los contratos tienen que estar hechos por un buen profesional y no copiados como churros de otros reguladores de otras circunstancias o modelos genéricos. Luego pasa lo que pasa...
Gracias Ignacio, el contrato dice que el local sólo podrá destinarse a cafetería, pero ahora resulta que carece de licencia definitiva, y por lo tanto no se puede hacer nada en él. Me parece injusta esa situación ¿no crees?
Gracias y un saludo
Para contr. Habrá que saber cuales son esas causas.
Yo personalmente siempre pongo en los contratos el destino a que se va a dedicar el local, y que todos los permisos y licencias precisas, administrativas o de comunidad de vecinos correran a cargo del inquilino. Incluso añado en ocasiones que la existencia de una sanción administrativa firme por emisión de ruidos, o incluso por incumplimiento de horario de cierre, podrá dar lugar a la resolución del contrato.
Con esto te quiero decir que quizá encuentres pistas en tú contrato.
Ahora bien si el arrendador te entrega un local preparado para cafeteria y con su correspondiente licencia de apertura y luego resulta que te ha metido un gol, entonces acude a un abogado.
¿Y si en el contrato si se fijara que el destino del local es el de cafeteria, y por causas ajenas al arrendatario no pudiera ejercer esa acividad? En ese caso si podria hacerse algo? Lo digo porque estoy en un caso parecido.
Muchas gracias
Buenos dias. Mi caso es le siguiente. Soy arrendataria de un bajo, en el que instalé una cafetería. Ahora, el Ayuntamiento ha acordado el cierre de este local, por estar en zona de ruidos (en realidad es un pequeño café que no molesta), y me encuentro con que tengo que seguir pagando el alquiler del bajo pero sin poder ejercer ninguna actividad. ¿Se puede hacer algo? me han dicho que no, porque en el contrato solo pone que se arrienda"para uso distinto de vivienda", pero sin hacer referencia a que se vaya a dedicar a la hostelería.
Gracias y un saludo