Buenos días, trabajo en una clinica dental, somos solo doctor y auxiliar de clínica, va a cerrar por crisis ha dado perdida este primer trimestre, cuando cierre, tengo derecho a indemnización? Llevo diez años trabajando. Y el tiene varias propiedades a su nombre pero dice que no tiene dinero para continuar con la clínica.muchas gracias un saludo
Hay que disponer de mas datos para poder precisar , la clínica opera como sociedad ? funciona como autónomo que la ha contratado a usted ? aprovecha el doctor para jubilarse ?.....
Así a grosso modo se puede decir que lo normal es que haya indemnización pero hay que calcular cual es la cuantía , cálculo que vendría determinado por las circunstancias concretas del caso .
Respecto a las pérdidas : la clínica tendría que presentar tres trimestres de pérdidas o la previsión de que va a haber pérdidas futuras .
En cuanto a las propiedades del doctor ..... nadie está obligado a continuar con una actividad empresarial en la que se está perdiendo dinero , es decir , que el patrimonio personal que el doctor haya generado a lo largo de su vida profesional estará afecto a las obligaciones que haya contraído hasta el momento en que cese en su actividad pero no a la obligación de continuar con la misma hasta que éste sea consumido.
Muchas gracias, no es una sociedad, es autónomo,no va a jubilarse trabajará cómo doctor asalariado, no si yo decía lo de las propiedades por que quiere cerrar por quiebra, despedirme y no indemnizarme muchísimas gracias solo quería saber si tendré derecho a cobrar indennizacion alguna.un saludo
Salvo mejor criterio,si es autónomo,no hay quiebra que valga,responde con todo su patrimonio.
Aún en el caso de quiebra,habrá concurso de acreedores,las deudas salariales estarán incluidas.
Si quiere cerrar, tiene que despedirte y para ello tiene que seguir los mismos pasos que cualquier empresa.
Tanto si alega motivos disciplinarios como motivos económicos, tú puedes reclamar la improcedencia del despido y la indemnización será la que corresponda.
Y, como ha dicho blecua, encima tiene el handicap de que responde con su patrimonio, por lo que tiene más difícil, por no decir imposible, librarse de pagar.
Buenos días, reabro el tema, con otra cuestión, quieren reducirme la jornada a 30 horas, y indennizacion de la parte proporcional osea de las otras 10 horas en estos 10 años, eso es legal?? Perderé mi antigüedad y por consiguiente el resto de indemnización si me despiden?? Gracias
Esa reducción es modificación substanciál de libro,si estás segura de que el cierre es inevitable,no aceptes,insta la extinción,cobra como improcedente y adiós.
Si no es así,explicate mejor,parece una triquiñuela para no indemnizar.
Me han dicho que para no cerrar la clínica me bajarían de horas a 30 semanales me darian el correspondiente dinero de las diez horas que he trabajado estos diez años y dicen que en el nuevo contrato pondría la misma antigüedad y que si al final en unos años cierra o me despide improcedentemete cobraría en función a 30 horas semanales pero con fecha de contrato 2005 yo no se si me toman el pelo o que.muchas gracias.
si le ESCRIBEN Y FIRMAN lo que indica,no véo problema,pero no quiere decir que no exista,la buena fe del patrono,la cuestiono por sistema,no suelen dar puntada sin hilo.
Pregunto
¿El reducir un 25% el horario y jornal de un único trabajador,puede ser la diferencia entre el cierre y la supervivencia?
Y sigo sin aclararme.¿Extinguir contrato con baja voluntaria,indemnización cero y hacer uno nuevo?
Si es eso,ni de coña.
Muchas gracias, yo tmb pienso que es alguna treta, a tu pregunta quieren hahacerme un contraro nuevo de menos horas con la misma antigüedad, no tiene validez para el finiquito verdad?el asesor me dice que si que cuando me.despidan tendrá q indemnizarme a razón de 30 horas semanales pero con antigüedad del contrato de 2005.muchas gracias por tus respuestas en fin cuando me.den algún papel o contrato no lo firmare sin consultar
Lo q pretende hacer es una modificación de tú jornada de trabajo,una reducción, si no quieres aceptarla no tienes pq hacerlo,puedes rescindir tu contrato e irte con una indemnización de 20 días de salario por año.
Si la aceptas como bien te dijeron, si te quieren despedir tendrán q pagar te la indemnización a razón de la jornada de 30 horas y con la antigüedad inicial, en eso no te están engañando.
Eso si tu ante cq duda no firmes nada
Lo que te ofrecen es una reducción de jornada y dicen que te indemnizan por esa rebaja. La antigüedad no se va a tocar y, en caso de despido, al final no saldrías muy perjudicada hablando de indemnizaciones.
Pero la prestación por desempleo va a ser otra cosa. Si realmente la clínica aguanta varios años te puede compensar, pero como aguante seis meses te la han hecho buena.