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Ciber

2 Comentarios
 
Ciber
29/07/2003 18:03
Tengo un cliente que regenta un ciber, esta dado de alta de autónomo con todo en regla, tuvo que salir del ciber y dejo a un amigo este despachaba a la gente e incluso hizo recargas a móviles.
Una inspectora de seguridad social, estuvo unos 30 minutos en el ciber y le pidio la identificación.
El amigo llamo al empresario y este se persono explicandole que el su amigo no trabajaba alli, pero la inspectora no dió a razones.
Le ha requerido para que dentro de dos días le lleve la identificación del amigo y su documentación laboral.

Tengo dudas sobre como actuar, ya que la inspectora comprobo que este chico atendió a la gente mientras el empresario no estaba, y puesto que nos dijo que si daba de alta al trabajador le ponía el mínimo de multa, creo que lo mejor es que le practique el alta con fecha de hoy por el tiempo que el empresario estuvo fuera que sería una hora o dos y le haga el contrato por ese servicio.
Por que lo que no me parece lógico es que le haga un contrato superior cuando esta persona no trabaja ni presta servicios para el empresario.
Lo de hacerle el contrato me parece un poco ridículo ya que, por un día no merece, pero supongo que al pedir toda la documentación laboral incluira alta en seguridad social, contrato de trabajo etc.
30/07/2003 21:12
Hola compañera. Como tu bien sabes, la forma de actuar de la inspección de trabajo, no pasa (normalmente) por entrar así como así en un centro de trabajo. Suelen tener unas agendas y realizar unas anotaciones. Si han verificado que tu cliente no tenía colaborador del negocio y al mismo tiempo no tenía empresa (o trabajadores dados de alta), por este motivo decidieron entrar y te aplicarán el art. 8 del ET.

Las actas que emiten los inspectores o contraladores laborales tienen atribuida la presención de veracidad, de ahí que "patalear" no sirve de nada. Lo que dicen, ya lo han comprobado más de un día.

Mi opinión es que esperes a que le llegue a tu cliente las actas de infranción y de afiliación de oficio, ya que al trabajador lo darán de alta en la seguridad social (y tendrá suerte si es menos de seis meses) y te incluirán los recargos oportunos.
Posteriormente te diriges a la Tesorería y verifica en que situación está el trabajador y acto seguido actúas. No tienes ninguna necesidad de hacerle ningun contrato.

Ya nos contarás. Un saludo.
06/08/2003 09:17
Como la inspectora me requirió la documentación laboral del trabajador,le practique el alta por las dos horas que estuvo allí y le hice el contrato, lo presente en día en que lo citaron y nada me fue bien.
Me advirtió de manera muy tajante que iba a volver y que si se daba la misma situación, el empresario iba a tener verdaderos problemas.

Yo se lo comunique al empresario con toda la gravedad del caso y le entró por un oído y le salió por el otro. Le dije que si tenía a ese chico atendiendo que le diese el alta y le hiciese contrato y el me juró y perjuró que el chico no trabajaba allí,
Esto es lo que no me gusta de mi trabajo, porque estaba yo más preocupada por lo que le pasara a mi cliente, que el mismo, pero yo he hecho lo correcto si el no me hace caso es su problema.