Hola, les voy a plantear una situación un poco complicada y curiosa en la que se encuentra mi Comunidad.
El edificio se construyó en 1989, era de un único propietario XXX y no se formalizó Comunidad hasta el año 2000 porque este propietario XXX vendió el primer inmueble en ese año. El edificio dispone de un conducto “shunt” que da ventilación a los pasillos comunitarios por unas rejillas grandes. Este shunt discurre vertical y va desde el patio hasta el tejado.
El local de al lado del portal como no posee salida de humos, en el año 1993, y como era único propietario XXX y para poder alquilarlo como restaurante, pasó una chimenea de 17 metros en horizontal comunicando el local hasta este shunt de ventilación, tapada con pladur para que no se vea. Y metió tb chimenea por este shunt en vertical hasta salir al tejado, sin solicitar ninguna licencia a Urbanismo, ni tampoco a la Comunidad porque no existía aun.
Toda esta chimenea esta construida en chapa simple de 1 capa (no cumple el EI 30 del CTE actual).
Al restaurante el Ayuntamiento le concedió su licencia en 1994, en ella se indica salida de humos por conducto existente en edificio.
En el año 2003 XXX vendió el local con el negocio funcionando a una persona W, y en el año 2004 el negocio cerró. Los pisos del edificio los empezó a vender XXX entre los años 2006-2008, antes los tenía alquilados. En el año 2009 W alquiló su local a un pub, sin cocina, y le concedieron licencia de pub, luego cerró este negocio y abrió otro pub, que cerró en el 2017. En el 2018 lo alquila a un restaurante, y llevamos 4 años que nos sale muchísimo olor a fritos por las rejillas de los pasillos, y es cuando la Comunidad descubre esta chimenea que hizo este señor XXX, y que esta tapada con pladur en su tramo horizontal. Han hecho una prueba de estanqueidad, que les exige el ayuntamiento, y ha empezado a salir mucho humo por todas las rejillas de los pasillos, ya que este tubo esta ya en malas condiciones. Dicen que van a meter algo por el tubo para que sea estanco, pero eso no hará que cumpla la EI 30 que exige la ley actual, pero como al ayuntamiento eso le da igual, solo le importa que sea estanco, será suficiente para que le den la licencia si demuestran la estanqueidad una vez que metan eso que dicen por la chimenea.
Mis preguntas son las siguientes:
1- Puede la Comunidad obligar al propietario W a quitar esta chimenea que pasa por zonas comunes y sube tb por un conductor de ventilación de los pasillos de la Comunidad??
2- Puede la Comunidad prohibir la entrada a W para reparar esta chimenea???
Decir que no existe ningún permiso de la Comunidad para esta instalación, ni tampoco existe proyecto de esta chimenea ni licencia.
Muchísimas gracias de verdad y ya me perdonarán por lo extenso que he sido pero era necesario para poder explicarme. Gracias de nuevo.
Dado que el ayuntamiento ya ha intervenido, yo creo que habrá que hacer lo que mande porque supongo que conoce los pormenores del asunto.
A priori no parece que seguir usando el hueco del shunt sea la mejor opción, pero puede ser que no haya otra.
Muchas gracias por su contestación. Desde luego que no es la mejor opción, pero no se hasta que punto nos podemos negar a que lo use, aunque no tenga autorización de esta Comunidad. El nos amenaza con denunciarnos si no le dejamos
Salida de humos: requisitos para ubicarla en bares y restaurantes Las campanas de extracción de humos han de estar separadas más de 50 cm de cualquier material que no esté clasificado como A1 (material no combustible, sin contribución en grado máximo al fuego). Los conductos de salida deben ser exclusivos para la cocina.
Dice la normativa que estos conductos deben ser independientes y, por tanto, debe haber uno exclusivo para la cocina, por lo que está prohibido compartirlo en otros espacios.
Los shunt son una salida de los gases que se acumulan en las cocinas o cuartos de baño que no tienen ventanas.
No se hicieron para a enganchar campanas extractoras ni gases de las calderas de gas, aunque en muchas viviendas antiguas se viene haciendo, aunque en la practica no se debería haber.
Por lo tanto, el bar tiene que tener su propia salida de humos conforme a la UNE EN 1366-8: 2005, y a tener en cuenta también el Código Técnico: DB SI. Documento en el que se incluyen las características de los conductos de las salidas de humos de las cocinas, según el riesgo de incendio que puedan tener.
1- Puede la Comunidad obligar al propietario W a quitar esta chimenea que pasa por zonas comunes y sube tb por un conductor de ventilación de los pasillos de la Comunidad??
Respuesta a mi juicio si
2- Puede la Comunidad prohibir la entrada a W para reparar esta chimenea???
Respuesta debe instalar su propia chimenea, no reparar nada, la comunidad no debe autorizar que la salida de humos de un bar o restaurante pase por el denominado shunt que es una salida de gases que produce una cocina o un cuarto de baño, no de humos de un bar
El ayuntamiento debería mandar un técnico para que comprobara que la salida de humos no cumple la normativa vigente, que es un peligro para los propietarios de los pisos, por echar humos de una cocina a un shunt, y que no le deben dar dar una licencia porque incumple la normativa de los ayuntamiento en esta materia.
La comunidad se podrá negar si hay otra alternativa razonable para la salida de humos.
Lo que no se puede hacer es impedir al restaurante que tenga cocina ¿Cómo puede cocinar un restaurante sin salida de humos?
Gracias por tu comentario juanchito.
Pepelu, el local no tiene salida de humos, el propietario del edificio hizo esta “chapuza” para conseguirle una salida utilizando nuestro shunt, claro en el año 1993, era el dueño de todo y podía hacer lo que quería. Ahora al no cumplir normativa tiene que adecuarla, pero eso no se puede, debe hacer obras, sería una nueva y dacrificando nuestra ventilación. Lo que no sabemos es si nos negamos, en un juicio el juez nos obligaría a dejarle hacerla y ademas la indemnización que pudiese conllevar al haberle negado la entrada.
En mi opinión, el local tiene derecho a salida de humos. Si no hay otra alternativa, tendrá que ser por donde la tiene, debidamente reparada.
El derecho a funcionar el restaurante no puede sustituirse por una indemnización. Su propietario no tiene obligación de cumplir una normativa que tuvo que cumplir el anterior dueño.
Hola!! Gracias por tu respuesta Pepelu. Parece ser que tenemos que dejarle pasar por las zonas comunes por el tiempo que lleva, aunque sería discutible, se debería solucionar en un juicio, y valoraría el juez. Pero parece ser que tiene que adecuar la chimenea a la normativa y eso va a ser bastante dificil.
El shunt, aunque se considera zona común, no es lugar adecuado para pasar una chimenea, solo se puede pasar por un patio de luces, de tal manera que se tendrá que colocar por alli la chimenea con la normativa vigente y la licencia del ayuntamiento.
Ya he opinado que la chimenea del bar o restaurante no puede pasar por el hueco del shunt, porque taponaría la entrada de ventilación de los pisos, hay que saber como es ese conducto, para poder darse cuenta de que es inviable.
Si el local por sus características no es adecuado para la instalación de una chimenea por el exterior, el dueño tendrá que buscar otro local, porque no le deberán dar la licencia.
La normativa es muy estricta, y en la comunidad de Kike 123 parece que alguien esta jugando con fuego. las vidas y la salud de los propietarios esta en juego, meter una chimenea de una cocina de un bar o un restaurante por un shunt, es como tener una espada de Damocles en la comunidad.
Hola Juanchito, muchas gracias por tu respuesta. Hemos ido al Ayuntamiento a enseñar la prueba de humos que hicieron y que salía humo por todos los pasillos, porque ellos no quieren aportarlas claro. En el Ayuntamiento les ha dado igual, les han dado un tiempo para que lo arreglen y repitan. Lo que van a hacer es meter Firefit por la chimenea y saldrá bien la prueba. No tendremos olores pero desde luego la instalación sigue sin ser EI 30, el riesgo sigue estando ahí. Ahora lo que vamos a hacer es encargar un informe de un ingeniero tecnico para aportarlo que toda esta instalación no cumple el CTE. Con una prueba de humos no se demuestra si cumple la normativa del CTE, pero parece ser que aquí si. Ya os iré contando. Muchas gracias