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¿Cheques de comida consolidables?

5 Comentarios
 
28/02/2004 13:09
Para Man. Si compañero los trabajadores deben estar informados de estos cheques por la empresa.

El motivo o spseudo motivo está en las posibles motivaciones o "fidelización" ( conciliar las aspiraciones personales de los empleados y las obligaciones de productividad y motivación de la empresa).

Asímismo, el trabajador por razones fiscales podrá recibir un máximo igual al número de días laborables del mes y utilizarlos cualquier día del año, y en cualquier momento del día.

Finalmente, los Ticket o cheques,no son canjeables por dinero en efectivo, y el restaurante no está obligado en ningún caso a devolverle cambio (según R.D. 214/99)

Por lo que se refiere al talonario, la empresa solicitará una cantidad (numerada y controlada por la empresa emisora) que posteriormente deberá (en su caso) responder de su buena utilización a efectos fiscales.

Nuevamente un saludo.
perfil Man
28/02/2004 11:08
¿Sería constitutivo de delito o sanción el que una empresa presente cheques de comida falsos?
Me explico, los trabajadores no saben nada de la existencia de esos cheques pero la empresa tiene un talonario que de vez en cuando firma con un garabato no reconocible un administrativo.
27/02/2004 23:41
Vamos a ver compañeros, JAD y MONOLO, si aportamos algo más sobre el tema.

En un primer término, los precedentes históricos del asunto parten de las declaraciones contenidas en el denominado “Fuero del Trabajo” de la dictadura franquista.

En efecto, por el Decreto de 8 de junio de 1938 se estableció la obligación de las empresas de implantar comedores (quizás su efectos y cumplimiento se llevó a cabo en las industriales) cuando tuviesen más de cincuenta empleados y menos de dos horas para realizar los mismos la comida, imponiéndoles la obligación de facilitar ésta a los empleados a un precio módico.

Es evidente que no existía en aquella época ánimo de que los trabajadores tuvieren mayor nivel de renta: simplemente se trataba, de una asistencia social, con miras a una mayor sujección laboral dentro o próximo a los centros productivos.

Está claro, que la desde promulgación del mismo, mucha ha sido la evolución y las vueltas que desde entonces ha dado esta forma de retribuir o compensar. En efecto, a los comedores de empresa se les han sumado otras fórmulas para el cumplimiento del mencionado decreto, entre las que se encuentra el sistema de vales de comida y siempre que el importe del mismo, no supere el equivalente en euros de las 1300 pesetas antiguas.

El método es sencillo: la empresa da al trabajador unos cheques nominales por un importe y éste sólo puede utilizarlos en restaurantes concertados con las empresas que gestionan este sistema.

La principal ventaja de esta fórmula son las exenciones tributarias y sociales. Es decir, un trabajador que perciba la ayuda a través de vales de comida y la cuantía diaria que no exceda de esa cantidad y no deberá declararlo a Hacienda y su empresa si podrá desgravarlo como gasto en el Impuesto de Sociedades, ya que no se considera una "liberalidad".

Sin embargo, si la misma retribución la percibe en metálico, el Fisco y la Seguridad Social, se llevarían un porcentaje.

Por lo que se refiere a su exención (y, por tanto, la no-consideración de salario en especie, sino productos en especie voluntariamente concedidos por la empresa) su regulación se encuentra en el artículo 44 del RD 214/1999, de 5 de febrero por el que se aprueba el Reglamento del IRPF.

Finalmente, sobre el carácter de consolidable o no de la percepción, opera el principio de que en su concesión así se determine o no por las partes, bien por convenio colectivo o por contrato individual. La mera reiteración no implica su carácter de consolidable, sí se hubiera decidido hacerlo constar (como dices que se hace) cada vez que se conceda.

Un saludo a los dos.
24/02/2004 11:58
Estimado Jad:

Yo entiendo, salvo mejor criterio, que el percibir Cheques de comida es una forma de percibir salarios en especie, por lo que creo que no tienen caracter consolidable, a no ser que en la proxima negociación colectiva, vuestros representantes sindicales lo negocien y lo consigan como una mejora salarial y por lo tanto consolidable.

Espero haberte ayudado.
perfil jad
23/02/2004 09:01
¿Nadie sabe nada acerca de esta consulta?
¿cheques de comida consolidables?
perfil jad
18/02/2004 17:22
Hola. Mi empresa hace tres años empezó a darnos cheques de comida. El primer año nos lo "vendieron" como subida, pero el resto de años, jamás han entrado en las revisiones no teniendo ningún aumento y cada año empezamos enero con un mensaje de recuros humanos donde se nos diceque nos los siguen dando con caracter no consolidable.
Nos regimos por el convenio de oficinas y despachos y en él no viene reflejado nada sobre este particular.
¿Pueden permanecer siempre con caracter no consolidable?
¿Podemos reclamar que se revise la cuantía ya que fueron parte de una subida salarial?
Gracias.