Un conocido, tiene un apartamento tipo bungalow adosado, en una zona turística.
Como consecuencia de obras de repavimentación, de pasillos exteriores, cambiando las antiguas rasantes, se está produciendo la formación de un gran charco de agua, que llega hasta la puerta de entrada.
Esto le está ocasionando grandes perjuicios, no solo por tener que pisar el charco tanto al entrar como al salir, sino que está produciendo humedades en el interior del apartamento.
El propietario, presentó un escrito de reclamación con fotos, que fue llevado a la última Junta General anual, exigiendo a la Comunidad la reparación e incluso la instalación de puntos de desagüe en dicho pasillo.
La Junta, desestimó la petición.
Ahora ese conocido, está pensando cuales será los siguientes pasos que podrá tomar.
Ha pensado en un juicio de conciliación, en el Juzgado de Paz de la localidad, previo al juicio civil.
¿Creeis que es el camino mas acertado?. Gracias por las opiniones.
La junta lo desestimó, pero lo fundamentaría, si lo hicieron porque si, debió impugnar el acuerdo, para lo cual se necesita un abogado.
Posiblemente el bungalow queda a nivel inferior y precisa calzarlo.
El bungalow no está en nivel inferior, sino en nivel superior, pero ejecutaron mal las rasantes del pavimento y dejaron una bajada delante del bungalow.
No se ha impugnado el acuerdo.
Lo que se quiere ahora, es iniciar una conciliación y si niegan los hechos ir a una demanda civil, no a una impugnación del acuerdo.
Al ser un asunto de daños a una propiedad, no se estimó iniciar un proceso de impugnación, que quizás fuera mas costoso y prolongado.