Hola una pregunta si un extranjero entra a Ceuta antes de acabar el tiempo permitido para estancia fuera de España ( 12 meses consecutivos para Larga Duración) y le sellan la entrada a territorio español, vuelve a salir el mismo día fuera a Marruecos. Se considera que es una vuelta a España para no tener problemas en renovar?
Gracias
Entiendo su pregunta sobre cómo afecta una breve entrada y salida de Ceuta al período de ausencia permitido para titulares de residencia de larga duración en España. Vamos a analizar esta situación:
Regulación de ausencias:
Para residentes de larga duración, la ley permite estar fuera de España hasta 12 meses consecutivos sin perder el derecho de residencia.
Entrada a Ceuta:
Ceuta es territorio español. Al entrar, se produce un sello de entrada en su pasaporte o documento de viaje.
Efecto de la entrada breve:
Técnicamente, esta entrada a Ceuta, aunque sea por un día, interrumpe el período de ausencia continuada de España.
Consideraciones importantes:
La entrada está documentada con el sello de entrada.
Aunque salga el mismo día, ya se ha producido una entrada oficial a territorio español.
Implicaciones para la renovación:
En principio, esta entrada breve debería considerarse como una interrupción del período de ausencia, reiniciando el conteo de los 12 meses.
Precauciones:
Guarde evidencia de esta entrada (copia del sello, tickets de viaje, etc.).
Si es posible, obtenga un sello de salida al volver a Marruecos.
Posible interpretación de las autoridades:
Aunque técnicamente esta entrada debería ser suficiente para interrumpir el período de ausencia, las autoridades podrían considerar el espíritu de la ley, que busca mantener vínculos reales con España.
Recomendación:
Para estar completamente seguro, sería aconsejable hacer una estancia más prolongada en España antes de que se cumplan los 12 meses de ausencia.
En resumen, legalmente, esta entrada breve a Ceuta debería considerarse como una vuelta a España que interrumpe el período de ausencia. Sin embargo, para evitar posibles problemas en la renovación, sería prudente:
Documentar bien esta entrada y salida.
Si es posible, realizar una estancia más prolongada en España antes de cumplir los 12 meses de ausencia.
Consultar con un abogado especializado en extranjería para obtener un asesoramiento personalizado.
Recuerde que las interpretaciones pueden variar, y es siempre mejor estar del lado de la precaución cuando se trata de mantener su estatus de residencia.