tu suelo tendrá un aprovechamiento en metros edificables, pues tienes que ceder el 10 % de esto.
si esta representado en nº de viviendas , el 10% del número que se pueda hacer.
La densidad de viviendas es el número máximo que puedes edificar.
El proceso de reparcelación y adjudicacion de aprovechamientos es un poco más complejo que el planteamiento que haces, aunque a efectos valorativos podría decirse que SI, que también se pierden las viviendas, en caso contrario el ayuntamiento tendría un derecho de aprovechamiento en metros que no podría materializar al no disponer de unidades de vivienda.
Gracias Peri.¿pero es el 10 % del aprovechamiento y de la densidad o solo del aprovechamiento?Es decir se ceden los metros cuadrados solo ,o tambien se pierden las 5 viviendas por Ha.Esto es importante porque el precio del solar se calcula por las viviendas que se pueden hacer.Gracias.
las cesiones son 10 %
y el suelo para redes o estandares que establezca tu comunidad.
para valorarlo debes tener en cuenta tambien los costes de urbanización
Mi pregunta es si un solar de suelo urbano no consolidado y densidad 50 viviendas por Ha,debe ceder al ayuntamiento el 10%,es decir 5 viviendas por Ha,quedandose en 45,a efectos de calcular su valor.Gracias.