Soy Flora, periodista de Antena 3 tv. Estamos haciendo un programa para intentar solucionar conflictos como los que tu planteas. Si quieres venir a contarlo llámame. 91 623 4804
Conforme al art.8 de la LAU, entendiendo que es un contrato posterior a 1995, no se puede ceder el arriendo sin consentimiento escrito del arrendador.
Deberás probar, quizás con la ayuda de un detective que dichas personas no vivien allí, lo mejor demostrando que lo hacen en otro lugar.
Entiendo con los pocos datos que tengo, que sí deberías demandar a todos, si te constan sus datos, tambien el concepto en que ocupan si es cesión o subarriendo.
Tienes posibilidades efectivamente, dejando de lado lo que supone entrar en pleito.
alquilé una vivienda a una pareja y no viven ellos sino otras personas. He averiguado que la mujer se dedica a alquilar pisos a extranjeros. hasta ahora desde septiembre pagaba la renta un chico extranjero en mi casa que está enfrente de la alquilada.
Si les demando como puedo probar que ellos no viven y lo hacen otras personas?
Tengo que demandar también a esas personas intrusas?