Buenas noches,
Os traigo una pequeña duda.
Un ayuntamiento cede de forma gratuita a una cooperativa de iniciativa social un terreno para que lo explote de acuerdo con su objeto social (sin ánimo de lucro). ¿Estaría esta operación sujeta o exenta de tributar por AJD de acuerdo con lo establecido en la ley 49/2002 y art.45 RDL 1/1993?