Muchas gracias por la respuesta Driander2. ¿Sabes, si el cedente cobra el paro y ha cedido sus derechos de autor a un cesionario que es un asalariado que pagaría pues por los beneficios de autor en su declaración de Irpf junto a su nómina, si el cedente puede seguir sin problema cobrando la prestación por desempleo si no tiene otros ingresos?
Sí puede, mediante contrato de cesión de derechos de explotación. Es muy frecuente que autores cedan sus derechos sobre una obra a una determinada ONG u organizaciones similares. Ningún problema para llevar a cabo esto que propones.
Puede el propietario de unos derechos de autor ceder gratuitamente sus derechos de explotación a otra persona que firme un contrato con una editorial y reciba los beneficios? Por ejemplo, un miembro de una pareja a su pareja, estando en separación de bienes, y esta última, trabajadora por cuenta ajena, pagarla el Irpf. Habría algún inconveniente fiscal?